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Deuda pública

16/12/2014
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Orden de 10/12/2014, de la Consejería de Hacienda, por la que se establecen las condiciones de una emisión de deuda pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha a tipo de interés fijo, por un importe de 80.000.000 de euros (DOCM de 15 de diciembre de 2014). Texto completo.

ORDEN DE 10/12/2014, DE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS CONDICIONES DE UNA EMISIÓN DE DEUDA PÚBLICA DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA A TIPO DE INTERÉS FIJO, POR UN IMPORTE DE 80.000.000 DE EUROS.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 14.3 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, y según lo estipulado en la Disposición transitoria tercera de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril Vínculo a legislación, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, el Consejo de Ministros mediante acuerdo de 7 de noviembre de 2014, autorizó a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha a formalizar préstamos a largo plazo y emitir deuda pública por un importe máximo de 300.000.000 euros.

Por Acuerdo de 13 de noviembre de 2014, el Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha aprobado la formalización de operaciones de endeudamiento a largo plazo por un importe máximo de 300.000.000 euros, dentro del límite de endeudamiento establecido en el artículo 55.1 Vínculo a legislación de la Ley 10/2013, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2014.

Que en virtud del mencionado Acuerdo del Consejo de Gobierno, previa autorización estatal, de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 87 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Castilla- La Mancha, aprobado mediante el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre Vínculo a legislación, y de acuerdo con las competencias derivadas del art. 55.2 Vínculo a legislación de la Ley 10/2013, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Castilla-La Mancha para el año 2014, Dispongo:

Artículo 1. Objeto.

La presente Orden tiene por objeto realizar una emisión de deuda pública de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y fijar sus características y condiciones, que se recogen en el artículo 2.

Artículo 2. Características y condiciones.

1.- Importe: 80.000.000 de euros.

2.- Modalidad: Bonos a 7 años.

3.- Fecha de emisión y desembolso: 17 de diciembre de 2014.

4.- Precio de emisión: Al 100 por 100 sobre el importe nominal de la emisión.

5.- Fecha de vencimiento: 17 de diciembre de 2021.

6.- Precio de amortización: Al 100 por 100 sobre el importe nominal de la emisión.

7.- Representación de los bonos: Los bonos se representan mediante anotaciones en cuenta registradas a través del Sistema de Registro, Compensación y Liquidación del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, gestionado por la “Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima” (“Iberclear”), siendo el importe nominal mínimo de negociación de 1.000 euros.

8.- Negociación de los valores: Mercado de Deuda Pública en Anotaciones.

9.- Tipo de interés nominal: Fijo, del 1,852% anual, calculado sobre la base Act/Act, sin ajustar.

10.- Fecha de pago de los intereses: Los cupones se abonarán el 17 de diciembre de cada año, siendo el primer cupón pagadero el 17 de diciembre de 2015. En caso de que el día de pago de intereses no fuera día hábil, el pago se trasladará al día hábil inmediatamente posterior, sin que ello suponga ajuste alguno en los intereses debidos. Se entenderá por día hábil aquél que no sea festivo a efectos del sistema Target de pagos europeo.

11.- Suscripción: El importe total de la emisión se adjudicará discrecionalmente por la Entidad Suscriptora.

12.- Segregabilidad: La deuda emitida tiene carácter de segregable.

13.- Otras condiciones: De acuerdo con la normativa aplicable a las Comunidades Autónomas, la presente emisión disfrutará de los mismos beneficios y condiciones que la deuda pública del Estado.

Disposición adicional. Habilitación.

Se autoriza al Director General de Política Financiera y Tesorería a realizar cuantas actuaciones sean necesarias para la ejecución de la emisión objeto de la presente Orden.

Disposición Final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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