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Cita a declarar a los querellados el 27 de enero

Un juzgado admite la querella de vecinos de Santo Domingo contra el presidente de Aena por el ruido en la zona

20/11/2014
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El Juzgado de Instrucción 35 de Madrid ha admitido a trámite la querella criminal presentada por los vecinos de la población Ciudad Santo Domingo de Algete contra el actual presidente de Aena, José Manuel Vargas Gómez y el anterior presidente de la entidad, y el anterior presidente, Juan Ignacio Lema Devesa.

MADRID, 19 (EUROPA PRESS)

Así lo detalla en un auto del 13 de noviembre que admite a trámite esta querella por presunto incumplimiento de pronunciamientos judiciales en firme para cesar el ruido por tráfico aéreo que sufre la zona y cita a declarar a los querellados el 27 de enero de 2015.

La querella también se extiende a la directora de Planificación y Medio Ambiente del ente, Amparo Brea, y al anterior responsable de ese departamento, Jose Manuel Hesse Martin. La iniciativa judicial se basa en la posible comisión de delitos de desobediencia y contra el medio ambiente, al amparo de lo dispuesto por artículo 270 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Los querellantes señalan que han pasado seis años desde que el Supremo sentenciase lesión de sus derechos fundamentales por contaminación acústica y ordenase el cese de la causa de la lesión, sin que se haya ejecutado, situación afecta "a miles de residentes" en una población consolidada muchos años antes de la ampliación del aeropuerto.

Los vecinos solicitan al juzgado que los "querellados presten fianza para continuar en libertad --privándoles de ella si no lo hicieren-- y cubrir responsabilidades civiles o pecuniarias, que de no prestarse se decrete embargo de bienes".

Aluden a que desde los gestores de Aena se ha incurrido en un delito de desobediencia tipificado en el artículo 410 del Código Penal, que comprende multa de tres a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público de seis meses a dos años.

Además el delito contra el medio ambiente del artículo 325 y siguientes del Código Penal, está castigado con penas de prisión de dos a cinco años, multa de ocho a 24 meses e inhabilitación especial para profesión u oficio uno a tres años.

Esta medida se toma dado que el colectivo vecinal entiende que no se han cumplido los pronunciamientos del Tribunal Supremo de 2008, 2011 y 2013 instando a Aena a poner medidas para cesar el ruido que padecen los vecinos.

ANTECEDENTES.

Aparte, recuerdan que los querellantes están admitidos por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en la ejecución de esos pronunciamientos, en la que están personados 1.269 residentes.

Afirman que el Supremo decretó que el ruido del tráfico aéreo con destino al aeropuerto de Barajas en la zona lesiona a los vecinos sus derechos fundamentales, después de que iniciaran sus reclamaciones en 2002.

Además, aseguran que los querellados "han permitido agravar notablemente la situación, incrementando todos los parámetros que el Supremo consideró y afectando a miles de residentes en una urbanización afectada de forma homogénea, sin que exista justificación legal, salvo falta de respeto por las sentencias judiciales".

Añaden que ahora el caso, tras una sentencia del Supremo de 2013 decretando de nuevo la no aplicación del fallo, se encuentra en una tercera fase de ejecución y los vecinos han optado por esta querella al observar que con el último informe de Aena se pretende "simular cumplimiento de sentencia", lo que les ha llevado de nuevo a formular alegaciones.

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