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Estructura orgánica de la Dirección de Enfermería del Complejo Hospitalario de Navarra

25/09/2014
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Orden Foral 81/2014, de 19 de agosto, de la Consejera de Salud, por la que se establece la estructura orgánica de la Dirección de Enfermería del Complejo Hospitalario de Navarra (BON de 24 de septiembre de 2014). Texto completo.

ORDEN FORAL 81/2014, DE 19 DE AGOSTO, DE LA CONSEJERA DE SALUD, POR LA QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA DIRECCIÓN DE ENFERMERÍA DEL COMPLEJO HOSPITALARIO DE NAVARRA.

La actual estructura orgánica de la Dirección de Enfermería del Complejo Hospitalario de Navarra, se estableció mediante la Orden Foral 38/2011, de 4 de mayo Vínculo a legislación, dictada en desarrollo del Decreto Foral 19/2010, de 12 de abril, por el que se crea el Complejo Hospitalario de Navarra.

Como consecuencia de la fusión y unificación de los diferentes centros, unidades y actividades asistenciales, la organización del Complejo Hospitalario de Navarra requiere de un esfuerzo de adaptación continua, así como la puesta en marcha de muchos procesos participativos que faciliten consolidar el mejor modelo posible de organización.

En este contexto, la Dirección de Enfermería efectúa una propuesta de restructuración de los recursos de los que dispone, de modo que se garantice la adaptación a las prioridades, objetivos y acciones diseñadas para el futuro inmediato.

Manteniendo el número de jefaturas de Área, jefaturas de Unidad y jefaturas de Guardia de las que actualmente dispone, el contenido de esta restructuración, se puede resumir, abreviadamente, de la siguiente forma:

a) Lleva a cabo una agrupación de Unidades de Enfermería actualmente existentes en Áreas de Enfermería, adecuándolas a la actividad que realizan.

b) Modifica la configuración de alguna Área de Enfermería, en función de la prioridad y carga de dedicación que ahora y a partir de este momento podemos prever que va a necesitar, como es el caso del Área de Urgencias y la de Unidades de Cuidados Intensivos.

c) Introduce la denominación de Áreas de Cuidados, en lugar de la de Áreas de Procesos, haciendo hincapié en que los cuidados son el eje central de la actividad y de la organización de enfermería.

En su virtud, en uso de las facultades conferidas en el Decreto Foral 62/2012, de 18 de julio Vínculo a legislación, y en la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre Vínculo a legislación, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,

ORDENO:

Artículo 1. Objeto de la Orden Foral.

Esta Orden Foral tiene por objeto establecer la estructura orgánica de la Dirección de Enfermería del Complejo Hospitalario de Navarra, en desarrollo del Decreto Foral 62/2012, de 18 de julio Vínculo a legislación, que aprueba los Estatutos del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea.

Artículo 2. Estructura de la Dirección de Enfermería del Complejo Hospitalario de Navarra.

La Dirección de Enfermería del Complejo Hospitalario de Navarra se estructura en los siguientes niveles de responsabilidad:

a) Subdirección de Bloque Quirúrgico y Hospitalización Médico-Quirúrgica.

b) Subdirección de Servicios Centrales, Ambulatorios y Asistencia Extrahospitalaria e Intrahospitalaria, y Recursos Materiales.

c) Jefaturas de Área de Enfermería de Cuidados.

d) Jefaturas de Guardia de Enfermería.

e) Jefaturas de Unidad de Enfermería.

Artículo 3. Funciones de los Subdirectores de Enfermería.

1. Bajo la dependencia del Director de Enfermería, a los Subdirectores de Enfermería corresponde la dirección, coordinación y planificación de las labores y cuidados propios de la enfermería en el Complejo Hospitalario de Navarra, a través de las Jefaturas de Área de Enfermería, de las Jefaturas de Guardia de Enfermería y de las Jefaturas de Unidad de Enfermería que se les adscriban.

2. Corresponden a los Subdirectores de Enfermería las siguientes funciones:

a) Dirigir, coordinar, impulsar y evaluar el funcionamiento de las unidades de enfermería que tienen adscritas.

b) Promocionar y evaluar la calidad de las actividades de atención y cuidados desarrolladas por el personal de enfermería.

c) Coordinar las necesidades y disponibilidades del personal.

d) Organizar la actuación de los responsables de enfermería de las diferentes Áreas Clínicas y Unidades Clínicas, asegurando unidad de criterios en los aspectos de gestión de personal, docencia y formación.

e) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas por el Director de Enfermería del Complejo Hospitalario.

Artículo 4. Funciones de las Jefaturas de Área de Enfermería de Cuidados.

1. Bajo la dependencia del Subdirector correspondiente, a los Jefes de Área de Enfermería de Cuidados corresponde la coordinación de las Unidades de Enfermería que se le adscriban.

2. El Jefe de Área de Enfermería de Cuidados ejercerá las siguientes funciones:

a) Evaluar el funcionamiento de las Unidades de Enfermería de su Área y de la actividad del personal integrado en las mismas.

b) Promocionar y evaluar la calidad de las actividades de atención sanitaria y cuidados, desarrolladas por el personal de enfermería.

c) Coordinar la actuación de los Jefes de Unidad de Enfermería que integran el Área de su responsabilidad asegurando unidad de criterios en los aspectos más relevantes de la atención del paciente.

d) Colaborar con la Dirección de Enfermería y con la Subdirección correspondiente en la formalización y evaluación anual de los objetivos.

e) Asumir aquellas otras funciones que, expresamente, le sean encomendadas por el Director de Enfermería o Subdirector de Enfermería correspondiente.

Artículo 5. Funciones de las Jefaturas de Guardia de Enfermería.

Bajo la dependencia del Subdirector de Bloque Quirúrgico y Hospitalización Médico-Quirúrgica, a las Jefaturas de Guardia de Enfermería corresponden las siguientes funciones:

a) Asumir la responsabilidad de la atención global de enfermería durante el correspondiente turno de guardia.

b) Garantizar la adecuada cobertura de cuidados asignando al personal de enfermería de acuerdo a la actividad y, valorando si es preciso, la movilización del personal en el correspondiente turno de guardia.

c) Orientar al personal de nueva incorporación en ausencia de los Jefes de Unidad.

d) Coordinar y tomar decisiones en relación a las incidencias de carácter urgente que no admiten demora al poder repercutir negativamente en la calidad de la atención.

e) Gestionar todos aquellos asuntos que repercuten en los cuidados administrados al paciente.

f) Velar por el cumplimiento de objetivos, políticas y normas marcadas por la Dirección de Enfermería.

g) Asumir aquellas otras funciones que, expresamente, le sean encomendadas por el Director de Enfermería o por el Subdirector de Bloque Quirúrgico y Hospitalización Médico-quirúrgica.

Artículo 6. Funciones de los Jefes de Unidad de Enfermería.

1. Los Jefes de Unidad de Enfermería serán responsables del funcionamiento de la unidad y la coordinación de los recursos adscritos a la misma.

2. El Jefe de Unidad de Enfermería ejercerá las siguientes funciones:

a) Evaluar el funcionamiento de la Unidad y de la actividad del personal integrado en la misma.

b) Promocionar y evaluar la calidad de las actividades de atención sanitaria y cuidados desarrolladas por el personal de enfermería.

c) Coordinar al personal de enfermería asegurando unidad de criterios en los aspectos más relevantes del cuidado y de la atención del paciente.

d) Colaborar con la Dirección en la formalización y evaluación anual de los objetivos.

e) Asumir aquellas otras funciones que, expresamente, le sean encomendadas por la Dirección de Enfermería o por la Subdirección o Área de Enfermería correspondiente.

Artículo 7. Estructura de la Subdirección de Bloque Quirúrgico y Hospitalización Médico-Quirúrgica.

La Subdirección de Bloque Quirúrgico y Hospitalización Médico-Quirúrgica se estructura en las siguientes Áreas de Enfermería de Cuidados:

a) Área de Enfermería de Cuidados en el Bloque Quirúrgico.

b) Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Urgentes.

c) Área de Enfermería de Cuidados en Hospitalización Quirúrgica.

d) Área de Enfermería de Cuidados del Aparato Locomotor.

e) Área de Enfermería de Cuidados en el Área del Corazón.

f) Área de Enfermería de Cuidados en Consultas.

g) Área de Enfermería de Cuidados en Procesos de Soporte.

Artículo 8. Estructura del Área de Enfermería de Cuidados en el Bloque Quirúrgico.

1. El Área de Enfermería de Cuidados en el Bloque Quirúrgico agrupa a todos los quirófanos y estructuras necesarias para llevar a cabo los procedimientos y cuidados quirúrgicos previstos en el paciente.

2. El Área de Enfermería de Cuidados en el Bloque Quirúrgico se estructura en las siguientes unidades de enfermería:

a) Unidad de Enfermería de Quirófanos de Urgencias I.

b) Unidad de Enfermería de Quirófanos Centrales I.

c) Unidad de Enfermería de Anestesia y Reanimación I.

d) Unidad de Enfermería de Esterilización I.

e) Unidad de Enfermería de Quirófano Maternal.

f) Unidad de Enfermería de Quirófano Infantil y Cirugía y Anestesia sin ingreso.

g) Unidad de Enfermería de Quirófanos de Urgencias II.

h) Unidad de Enfermería de Quirófanos Centrales II.

i) Unidad de Enfermería de Anestesia y Reanimación II.

j) Unidad de Enfermería de Esterilización II.

Artículo 9. Estructura del Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Urgentes.

1. El Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Urgentes agrupa las unidades de urgencias generales del Complejo Hospitalario.

2. El Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Urgentes se estructura en las siguientes unidades de enfermería:

a) Unidad de Enfermería de Urgencias I.

b) Unidad de Enfermería de Urgencias II.

Artículo 10. Estructura del Área de Enfermería de Cuidados en Hospitalización Quirúrgica.

1. El Área de Enfermería de Cuidados en Hospitalización Quirúrgica agrupa las unidades que atienden las necesidades asistenciales y cuidados del paciente ingresado para atención de procesos preferentemente quirúrgicos.

2. El Área de Enfermería de Cuidados en Hospitalización Quirúrgica se estructura en las siguientes unidades de enfermería:

a) Unidad de Enfermería de H-3.

b) Unidad de Enfermería de H-4.

c) Unidad de Enfermería de N-1.

d) Unidad de Enfermería de N-2.

e) Unidad de Enfermería de N-3.

f) Unidad de Enfermería de 2-G.

g) Unidad de Enfermería de 3-G.

h) Unidad de Enfermería de 4-G.

Artículo 11. Estructura del Área de Enfermería de Cuidados del Aparato Locomotor.

1. El Área de Enfermería de Cuidados del Aparato Locomotor agrupa aquellas unidades que prestan atención de enfermería al paciente ingresado y ambulatorio, y las estructuras necesarias para llevar a cabo procedimientos quirúrgicos y rehabilitadores, para atención y cuidados de procesos preferentemente quirúrgicos relacionados con el aparato locomotor.

2. El Área de Enfermería de Cuidados del Aparato Locomotor se estructura en las siguientes unidades de enfermería:

a) Unidad de Enfermería de Anestesia y Reanimación Ubarmín.

b) Unidad de Enfermería de Ubarmin-3.

c) Unidad de Enfermería de Ubarmin-4.

d) Unidad de Enfermería de Ubarmin-5.

e) Unidad de Enfermería de Quirófanos y Esterilización Ubarmin.

f) Unidad de Enfermería de Consultas Externas Ubarmin.

Artículo 12. Estructura del Área de Enfermería de Cuidados en el Área del Corazón.

1. El Área de Enfermería de Cuidados en el Área del Corazón agrupa las Unidades de Enfermería del Área Clínica del Corazón.

2. El Área de Enfermería de Cuidados en el Área del Corazón se estructura en las siguientes unidades de enfermería:

a) Unidad de Enfermería de Cuidados Coronarios y Exploraciones.

b) Unidad de Enfermería de Planta D 1.

c) Unidad de Enfermería de Planta D 3.

Artículo 13. Estructura del Área de Enfermería de Cuidados en Consultas.

1. El Área de Enfermería de Cuidados en Consultas agrupa las consultas extrahospitalarias del Centro de Especialidades Príncipe de Viana, del Centro Sanitario Doctor San Martín, del Centro Sanitario Conde Oliveto y del Ambulatorio de Tafalla, así como las consultas intrahospitalarias de los centros A y B.

2. El Área de Enfermería de Cuidados en Consultas se estructura en las siguientes unidades de enfermería:

a) Unidad de Enfermería I.

b) Unidad de Enfermería II.

c) Unidad de Enfermería III.

d) Unidad de Enfermería IV.

e) Unidad de Enfermería V.

f) Unidad de Enfermería de Régimen Ambulatorio.

Artículo 14. Estructura del Área de Enfermería de Cuidados en Procesos de Soporte.

1. El Área de Enfermería de Cuidados en Procesos de Soporte agrupa las unidades que sirven de apoyo y aportan recursos al resto de servicios, así como el personal técnico especialista de las unidades de dietética.

2. El Área de de Enfermería Cuidados en Procesos de Soporte se estructura en las siguientes unidades de enfermería:

a) Unidad de Enfermería de Dietética y Nuevos Proyectos.

b) Unida de Enfermería de Pool y Coordinación Jefes de Guardia.

c) Unidad de Celadores I.

d) Unidad de Celadores II.

Artículo 15. Estructura de la Subdirección de Servicios Centrales, Ambulatorios y Asistencia Extrahospitalaria e Intrahospitalaria, y Recursos Materiales.

La Subdirección de Servicios Centrales, Ambulatorios y Asistencia Extrahospitalaria e Intrahospitalaria, y Recursos Materiales se estructura en las siguientes Áreas:

a) Área de Enfermería de Cuidados y Apoyo al Diagnóstico.

b) Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Transversales.

c) Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Críticos.

d) Área de Enfermería de Desarrollo e Innovación en Cuidados.

e) Área de Enfermería de Cuidados de la Mujer, Niño y Adolescente.

f) Área de Enfermería de Cuidados en Hospitalización Médica.

Artículo 16. Estructura del Área de Enfermería de Cuidados y Apoyo al Diagnóstico.

1. El Área de Enfermería de Cuidados y Apoyo al Diagnóstico agrupa las unidades que aportan recursos para el diagnóstico, pronóstico y tratamiento.

2. El Área de Enfermería de Cuidados y Apoyo al Diagnóstico se estructura en las siguientes unidades de enfermería:

a) Unidad de Enfermería Radiodiagnóstico I.

b) Unidad de Enfermería de Radiodiagnóstico II.

c) Unidad de Enfermería de Radiodiagnóstico III.

d) Unidad de Enfermería de Procesos Hematológicos.

e) Unidad de Enfermería de Análisis Clínicos.

f) Unidad de Enfermería de Microbiología y Genética.

g) Unidad de Enfermería de Preanalítica y Gestión de Calidad.

Artículo 17. Estructura del Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Transversales.

1. El Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Transversales agrupa las unidades que, principalmente, prestan atención especializada a pacientes con hospitalización de día.

2. El Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Transversales se estructura en las siguientes unidades de enfermería:

a) Unidad de Enfermería de Hospitalización de Día.

b) Unidad de Enfermería de Radioterapia, Radiofísica y Medicina Nuclear.

c) Unidad de Enfermería de Rehabilitación I.

d) Unidad de Enfermería de Rehabilitación II.

e) Unidad de Enfermería de Rehabilitación Ubarmin.

f) Unidad de Enfermería de Farmacia I.

g) Unidad de Enfermería de Farmacia II.

h) Unidad de Enfermería de Anatomía Patológica.

Artículo 18. Estructura del Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Críticos.

1. El Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Críticos, agrupa unidades de atención a pacientes en situaciones críticas.

2. El Área de Enfermería de Cuidos en Procesos Críticos se estructura en las siguientes unidades de enfermería:

a) Unidad de Enfermería de Diálisis I.

b) Unidad de Enfermería de Diálisis II.

c) Unidad de Enfermería de Cuidados Intensivos I.

d) Unidad de Enfermería de Cuidados Intensivos II.

Artículo 19. Estructura del Área de Enfermería de Desarrollo en Cuidados e Innovación.

1. El Área de Enfermería de Desarrollo en Cuidados e Innovación agrupa las unidades de enfermería encaminadas a gestionar el conocimiento, construir redes productivas profesionales, potenciar el desarrollo profesional, promocionar y evaluar la calidad de las actividades asistenciales docentes e investigadoras y dar soporte de gestión colaborando en el desarrollo de los sistemas de información.

2. El Área de Enfermería de Desarrollo en Cuidados e Innovación se estructura en las siguientes unidades de enfermería:

a) Unidad de Enfermería de Formación Continuada, Docencia e Investigación.

b) Unidad de Enfermería de Calidad y Sistemas de Información en Cuidados.

Artículo 20. Estructura del Área de Enfermería de Cuidados de la Mujer, Niño y Adolescente.

1. El Área de Enfermería de Cuidados de la Mujer, Niño y Adolescente agrupa las unidades que atienden las necesidades asistenciales y cuidados a la mujer, hospitalización materno-infantil, así como atención urgente y crítica del niño.

2. El Área de Enfermería de Cuidados de la Mujer, Niño y Adolescente se estructura en las siguientes unidades de enfermería:

a) Unidad de Enfermería de 1-M.

b) Unidad de Enfermería de 2-M.

c) Unidad de Enfermería de 3-M.

d) Unidad de Enfermería de Hospitalización Pediátrica.

e) Unidad de Enfermería de Centros de Atención a la Mujer.

f) Unidad de Enfermería de Neonatología y Cuidados Intensivos Pediátricos.

g) Unidad de Enfermería de Urgencias de Pediatría.

h) Unidad de Enfermería de Partos y Urgencias de Obstetricia y Ginecología.

Artículo 21. Estructura del Área de Enfermería de Cuidados en Hospitalización Médica.

1. El Área de Enfermería de Cuidados en Hospitalización Médica agrupa las unidades que atienden las necesidades asistenciales y cuidados del paciente ingresado para atención de procesos preferentemente médicos agudos o crónicos y la unidad de hospitalización a domicilio.

2. El Área de Enfermería de Cuidados en Hospitalización Médica se estructura en las siguientes unidades de enfermería:

a) Unidad de Enfermería de A-2.

b) Unidad de Enfermería de D-2.

c) Unidad de Enfermería de E-1.

d) Unidad de Enfermería de E-2.

e) Unidad de Enfermería de N 4.

f) Unidad de Enfermería de 5-G.

g) Unidad de Enfermería de 6-G.

h) Unidad de Enfermería de Psiquiatría I.

i) Unidad de Enfermería de Psiquiatría II.

j) Unidad de Enfermería de Hospitalización a Domicilio.

DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA

NOMBRAMIENTOS

Se confirman, en las mismas condiciones en que se produjeron, los siguientes nombramientos:

-La Jefa del Área de Enfermería de Bloque Quirúrgico como Jefa del Área de Enfermería de Cuidados en el Bloque Quirúrgico.

-La Jefa del Área de Enfermería de Procesos Críticos y Urgentes como Jefa del Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Urgentes.

-La Jefa del Área de Enfermería de Procesos Hospitalización quirúrgica como Jefa del Área de Enfermería de Cuidados en Hospitalización Quirúrgica.

-El Jefe del Área de Enfermería de Procesos del Aparato Locomotor como Jefe del Área de Enfermería de Cuidados del Aparato Locomotor.

-La Jefa del Área de Enfermería del Corazón como Jefa del Área de Enfermería de Cuidados en el Área del Corazón.

-La Jefa del Área de Enfermería de Consultas como Jefa del Área de Enfermería de Cuidados en Consultas.

-La Jefa del Área de Enfermería de Procesos de soporte como Jefa del Área de Enfermería de Cuidados en Procesos de Soporte.

-El Jefe del Área de Enfermería de Procesos de apoyo al diagnóstico como Jefe del Área de Enfermería de Cuidados y Apoyo al Diagnostico.

-La Jefa del Área de Enfermería de Procesos transversales y externos como Jefa del Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Transversales.

-La Jefa del Área de Enfermería de Procesos de Atención a la Mujer como Jefa del Área de Enfermería de Cuidados en Procesos Críticos.

-La Jefa del Área de Enfermería de Desarrollo Profesional y Apoyo a la Gestión como Jefa del Área de Enfermería de Desarrollo en Cuidados e Innovación.

-La Jefa del Área de Enfermería de Procesos de Hospitalización materno-infantil como Jefa del Área de Enfermería de Cuidados de la Mujer, Niño y Adolescente.

-La Jefa del Área de Enfermería de Procesos de Hospitalización Médica como Jefa del Área de Enfermería de Cuidados en Hospitalización Médica.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Quirófanos de Urgencias A como Jefa de la Unidad de Enfermería de Quirófanos de Urgencias I.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Quirófanos Centrales A como Jefa de la Unidad de Enfermería de Quirófanos Centrales I.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Anestesia y Reanimación A como Jefa de la Unidad de Enfermería y Rehabilitación I.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Esterilización A como Jefa de la Unidad de Enfermería de Esterilización I.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Quirófanos de Urgencias B como Jefa de la Unidad de Enfermería de Quirófanos II.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Quirófanos Centrales B como Jefa de la Unidad de Enfermería de Quirófanos Centrales II.

-La Jefa de la Unidad de Anestesia y Reanimación B como Jefa de la Unidad de Anestesia y Reanimación II.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Esterilización B como Jefa de la Unidad de Enfermería de Esterilización II.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Planes de cuidados de Enfermería A como Jefa de la Unidad de Enfermería de Formación Continuada, Docencia e Investigación.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Planes de cuidados de Enfermería B como Jefa de la Unidad de Enfermería de Calidad y Sistemas de Información en Cuidados.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Anestesia, Reanimación y Tratamiento del Dolor como Jefa de la Unidad de Enfermería de Anestesia, Reanimación y Tratamiento del Dolor A.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Quirófano Infantil y Cirugía Mayor Ambulatoria como Jefa de la Unidad de Enfermería de Quirófano Infantil y Cirugía y Anestesia sin ingreso.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Anestesia y Reanimación como Jefa de la Unidad de Enfermería de Anestesia y Reanimación B.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Urgencias A como Jefa de la Unidad de Enfermería de Urgencias I.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Urgencias B como Jefa de la Unidad de Enfermería de Urgencias II.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Planta H-2 como Jefa de la Unidad de Enfermería de Pool y Coordinación Jefes de Guardia.

-La Jefatura de la Unidad de Enfermería de Planta 4 Infantil como Jefa de la Unidad de Enfermería de Hospitalización Pediátrica.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Planta 5 Infantil como Jefa de la Unidad de Enfermería de Centros de Atención a la Mujer.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Hospitalización Cardiológica como Jefa de la Unidad de Enfermería de D 1.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Coronaria y Exploraciones Cardiológicas como Jefa de la Unidad de Enfermería de Cuidados Coronarios y Exploraciones.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Hospitalización de Cirugía Cardiaca como Jefa de la Unidad de Enfermería de D 3.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Radiodiagnóstico A como Jefa de la Unidad de Enfermería de Radiodiagnóstico I.

-El Jefe de la Unidad de Enfermería de Radiodiagnóstico B como Jefe de la Unidad de Enfermería de Radiodiagnóstico II.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Radiodiagnóstico C como Jefe de la Unidad de Enfermería de Radiodiagnóstico III.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Farmacia A como Jefa de la Unidad de Enfermería de Farmacia I.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Farmacia B como Jefa de la Unidad de Enfermería de Farmacia II.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Diálisis A como Jefa de la Unidad de Enfermería de Diálisis I.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Diálisis B como Jefa de la Unidad de Enfermería de Diálisis II.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Psiquiatría A como Jefa de la Unidad de Enfermería de Psiquiatría I.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Psiquiatría B como Jefa de la Unidad de Enfermería de Psiquiatría II.

-El Jefe de la Unidad de Enfermería de Celadores A como Jefe de la Unidad de Enfermería de Celadores I.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Celadores B como Jefa de la Unidad de Enfermería de Celadores II.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Hospital de Día y Actividades Ambulatorias como Jefa de la Unidad de Enfermería de Hospitalización de Día.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Asistencia en Régimen Ambulatorio como Jefa de la Unidad de Enfermería de Régimen Ambulatorio.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Rehabilitación B como Jefa de la Unidad de Enfermería de Rehabilitación I.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Rehabilitación C como Jefa de la Unidad de Enfermería de Rehabilitación II.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Planta 2.ª UVI como Jefa de la Unidad de Enfermería de Anestesia y Reanimación Ubarmin.

-El Jefe de la Unidad de Enfermería de Planta 3.ª como Jefe de la Unidad de Enfermería de Ubarmin-3.

-Unidad de Enfermería de Planta 4.ª como Unidad de Enfermería de Ubarmin-4.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Planta 5.ª como Jefa de la Unidad de Enfermería de Ubarmin-5.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Quirófanos como Jefa de la Unidad de Enfermería de Quirófanos y Esterilización Ubarmin.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Consultas Externas como Jefa de la Unidad de Enfermería de Consultas Externas Ubarmin.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Rehabilitación como Jefa de la Unidad de Enfermería de Rehabilitación Ubarmin.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Partos y Urgencia Toco-ginecológica como Jefa de la Unidad de Enfermería de Partos y Urgencias de Obstetricia y Ginecología.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Planta H-3 como Jefa de la Unidad de Enfermería de H-3.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Planta H-4 como Jefa de la Unidad de Enfermería de H-4.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Planta N-1 como Jefa de la Unidad de Enfermería de N-1.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Planta N-2 como Jefa de la Unidad de Enfermería de N-2.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Planta N-3 como Jefa de la Unidad de Enfermería de N-3.

-El Jefe de la Unidad de Enfermería de Planta 2-G como Jefe de la Unidad de Enfermería de 2-G.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Planta 3-G como Jefa de la Unidad de Enfermería de 3-G.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Planta 4-G como Jefa de la Unidad de Enfermería de 4-G.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Asistencia en Régimen Ambulatorio como Jefa de la Unidad de Enfermería de Régimen Ambulatorio.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de UCI A como Jefa de la Unidad de Enfermería de Cuidados Intensivos I.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de UCI B como Jefa de la Unidad de Enfermería de Cuidados Intensivos II.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Planta 1-M como Jefa de la Unidad de Enfermería de 1-M.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Planta 2-M como Jefa de la Unidad de Enfermería de 2-M.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Planta 3-M como Jefa de la Unidad de Enfermería de 3-M.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Neonatología y UCI Pediátrica como Jefa de la Unidad de Enfermería de Neonatología y Cuidados Intensivos Pediátricos.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Planta A-2 como Jefe de la Unidad de Enfermería de A-2.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Planta D-2 como Jefa de la Unidad de Enfermería de D-2.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Planta E-1 como Jefa de la Unidad de Enfermería de E-1.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Planta E-2 como Jefa de la Unidad de Enfermería de E-2.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Planta N-4 como Jefa de la Unidad de Enfermería de N-4.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Planta 5-G como Jefa de la Unidad de Enfermería de 5-G.

-La Jefa de la Unidad de Enfermería de Planta 6-G como Jefa de la Unidad de Enfermería de 6-G.

2. Se mantienen asimismo en las mismas condiciones en que fueron nombradas las personas que ocupen jefaturas cuya denominación no se ve afectada.

DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA

REQUISITOS PARA LA PROVISIÓN DE JEFATURAS

1. En la provisión de la Jefatura de Unidad de Enfermería de Partos y Urgencias de Obstetricia y Ginecología podrán participar personal de enfermería, matronas y enfermeras especialistas en Obstetricia y Ginecología.

2. En la provisión de las jefaturas de unidad seguidamente indicadas, se podrá participar personal con el título de Diplomado o Grado en Fisioterapia y personal de enfermería con la especialidad en Fisioterapia:

-Unidad de Enfermería de Rehabilitación I.

-Unidad de Enfermería de Rehabilitación II.

-Unidad de Enfermería de Rehabilitación Ubarmin.

DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA

IGUALDAD DE GÉNERO

En los casos en que esta Orden Foral utiliza sustantivos de género gramatical masculino para referirse a distintos cargos o puestos de trabajo, debe entenderse que se hace por mera economía en la expresión y que se refiere de forma genérica a dichas posiciones, incluyendo tanto el caso en que lo ocupen hombres como en que lo ocupen mujeres, con estricta igualdad en cuanto a los efectos jurídicos.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA

DEROGACIONES

Se deroga la Orden Foral 38/2011, de 4 de mayo Vínculo a legislación, de la Consejera de Salud, por la que se desarrolla la estructura orgánica de la Dirección de Enfermería del Complejo Hospitalario de Navarra, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta Orden Foral.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

ENTRADA EN VIGOR

Esta Orden Foral entrara en vigor el 1 de noviembre de 2014.

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