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Estructura orgánica de los servicios centrales de la Dirección General de la Guardia Civil

29/05/2014
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Orden PRE/875/2014, de 23 de mayo, por la que se modifican la Orden PRE/422/2013, de 15 de marzo, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales de la Dirección General de la Guardia Civil, y la Orden INT/1176/2013, de 25 de junio, por la que se establecen las normas específicas para la clasificación y provisión de destinos en el Cuerpo de la Guardia Civil (BOE de 29 de mayo de 2014). Texto completo.

ORDEN PRE/875/2014, DE 23 DE MAYO, POR LA QUE SE MODIFICAN LA ORDEN PRE/422/2013, DE 15 DE MARZO, POR LA QUE SE DESARROLLA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LOS SERVICIOS CENTRALES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA GUARDIA CIVIL, Y LA ORDEN INT/1176/2013, DE 25 DE JUNIO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS ESPECÍFICAS PARA LA CLASIFICACIÓN Y PROVISIÓN DE DESTINOS EN EL CUERPO DE LA GUARDIA CIVIL.

El Real Decreto 400/2012, de 17 de febrero Vínculo a legislación, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, asigna a la Dirección General de la Guardia Civil, en su artículo 4, como órgano del citado Departamento integrado en la Secretaría de Estado de Seguridad, la ordenación, dirección, coordinación y ejecución de las misiones que tiene encomendadas por el ordenamiento jurídico el Cuerpo de la Guardia Civil.

La Orden PRE/422/2013, de 15 de marzo Vínculo a legislación, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales de la Dirección General de la Guardia Civil, que ahora se viene a modificar, desarrolló la estructura orgánica de los servicios centrales que tendrán que llevar a cabo las misiones referidas en el mencionado Real Decreto 400/2012, de 17 de febrero Vínculo a legislación.

Por su parte, la modificación de la Orden INT/1176/2013, de 25 de junio Vínculo a legislación, por la que se establecen las normas específicas para la clasificación y provisión de destinos en el Cuerpo de la Guardia Civil, tiene por objeto equiparar, en cuanto al sistema de provisión de destinos, a las tres unidades dependientes del Jefe del Gabinete Técnico, tras la creación de la nueva Oficina de Protocolo.

Entre esas misiones, la comunicación interna y externa en la Guardia Civil y el protocolo y relaciones institucionales, han sido, hasta la fecha, encomendadas a un mismo órgano, la Oficina de Relaciones Informativas y Sociales, dependiente directamente del Jefe del Gabinete Técnico. Sin embargo, la cada vez mayor especialización de las funciones de protocolo y relaciones institucionales ha llevado a la necesidad de crear un órgano propio y diferenciado que asuma esos cometidos y funciones, siguiendo la tendencia actual de nuestra sociedad y de organizaciones complejas como puede ser la Guardia Civil.

En su virtud, haciendo uso de la autorización concedida por la disposición final segunda del Real Decreto 400/2012, de 17 de febrero Vínculo a legislación, a propuesta de los Ministros del Interior y de Defensa, previa aprobación del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, dispongo:

Artículo primero. Modificación de la Orden PRE/422/2013, de 15 de marzo Vínculo a legislación por la que se desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales de la Dirección General de la Guardia Civil.

Se modifica el párrafo b) del apartado 2 del artículo 3 Vínculo a legislación de la Orden PRE/422/2013, de 15 de marzo por la que se desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales de la Dirección General de la Guardia Civil, que queda redactado en los siguientes términos:

“b) Dependen directamente del Jefe del Gabinete Técnico:

Oficina de Relaciones Informativas y Sociales. Órgano de asesoramiento y apoyo de la Dirección General de la Guardia Civil en materia de comunicación, al que le corresponde:

Dirigir y gestionar la comunicación interna y externa en la Guardia Civil y, en particular, la coordinación de las Oficinas Periféricas de Comunicación (OPC,s) y con otros organismos análogos de la administración.

La potenciación de la imagen corporativa de la Guardia Civil, a través de participaciones públicas, de la página web del Cuerpo y la intranet corporativa, de cuyos contenidos es encargada, y de la atención al ciudadano a través de la oficina creada a tal efecto.

Oficina de Protocolo. Órgano de asesoramiento y apoyo de la Dirección General de la Guardia Civil en materia de protocolo, al que le corresponde:

El protocolo en la Dirección General de la Guardia Civil, organizando los actos institucionales y asesorando a las diferentes unidades del Cuerpo, en este aspecto.

Centro de Análisis y Prospectiva. Órgano de apoyo para la gestión de información relacionada con la seguridad interior, que es responsable de:

La gestión del conocimiento y de fuentes abiertas relacionadas con la seguridad.

La colaboración con universidades y con otros centros de investigación y estudio en este ámbito.

La promoción de la cultura de seguridad interior.”

Artículo segundo. Modificación de la Orden INT/1176/2013, de 25 de junio Vínculo a legislación, por la que se establecen las normas específicas para la clasificación y provisión de destinos en el Cuerpo de la Guardia Civil.

Se modifica el párrafo b.1) del apartado 4 del artículo 3 Vínculo a legislación de la Orden INT/1176/2013, de 25 de junio, por la que se establecen las normas específicas para la clasificación y provisión de destinos en el Cuerpo de la Guardia Civil, que queda redactado de la siguiente manera:

“1. La Oficina de Relaciones Informativas y Sociales, la Oficina de Protocolo y el Centro de Análisis y Prospectiva.”

Disposición final primera. Facultades de desarrollo.

Se faculta al Director General de la Guardia Civil para dictar las resoluciones necesarias para la ejecución de esta orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

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