RESOLUCIÓN DE 20/03/2014, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, POR LA QUE SE DISPONE LA PUBLICACIÓN DEL ACUERDO DE LA COMISIÓN BILATERAL DE COOPERACIÓN ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO-COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA EN RELACIÓN CON LA LEY 7/2013, DE 21 DE NOVIEMBRE, DE ADECUACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y REGULADORA DEL RÉGIMEN GENERAL DE LA DECLARACIÓN RESPONSABLE Y COMUNICACIÓN PREVIA.
Adoptado el acuerdo previsto en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, de conformidad con lo establecido en su letra c), procede su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, como anexo de la presente resolución.
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en relación con la Ley 7/2013, de 21 de noviembre, de adecuación de procedimientos administrativos y reguladora del régimen general de la declaración responsable y comunicación previa.
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha ha adoptado el siguiente Acuerdo:
1°) Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias suscitadas en relación con el artículo 5 de la Ley de Castilla-La Mancha 7/2013, de 21 de noviembre, de adecuación de procedimientos administrativos y reguladora del régimen general de la declaración responsable y comunicación previa.
2.º) Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
3.º) Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Madrid, 24 de febrero de 2014 Cristóbal Montoro Romero. Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas.
Leandro Esteban Villamor. Consejero de Presidencia y Administraciones Públicas.