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Caso ERE

La Audiencia de Sevilla defiende la "profesionalidad" de Alaya al rechazar que se graben las declaraciones de imputados

13/03/2014
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La Audiencia Provincial de Sevilla ha dictado un auto en el que defiende la "profesionalidad" y "legalidad" con las que actuó la juez que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares al rechazar que se graben las declaraciones de los imputados en la causa.

SEVILLA, 12 (EUROPA PRESS)

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Séptima de la Audiencia Provincial rechaza el recurso interpuesto por la defensa del exviceconsejero de Presidencia y exdirector general de Presupuestos Antonio Vicente Lozano contra la decisión adoptada por la juez Mercedes Alaya de no grabar su declaración como imputado.

La Sala, en dicho auto, considera "preciso" salir al paso "de la sugerencia si no afirmación del recurrente" sobre "la falta de garantías en la instrucción, cuestionando de forma sugestiva la imparcialidad, profesionalidad o mesura de la juez de Instrucción en el desarrollo de sus obligaciones profesionales".

"A ello tan solo diremos que sorprende que esa afirmación provenga de una dirección jurídica que en otros recursos" recientemente resueltos por este tribunal defendió "ardientemente la presunción de profesionalidad y respeto deontológico del abogado", asevera.

Según la Audiencia, ello "sorprende por cuanto ahora no parece respetarse la presunción del respeto a la legalidad y profesionalidad de la juez, sosteniendo otra cosa con base en sus propias afirmaciones de abogado de quien solo es una parte en la causa --imputado a mayor abundamiento--, con obvio interés en que el proceso se dirija en el sentido que más convenga a sus intereses".

"Dicho de otra forma, se convendrá en que los imputados en un proceso penal y sus abogados no son precisamente las fuentes más imparciales para por sí solas enjuiciar la conducta profesional del juez instructor", asevera.

La Audiencia rechaza el recurso para que se grabara su declaración como imputado porque "no es una cuestión estrictamente jurisdiccional, puesto que afecta no al ejercicio de la potestad propia de jueces y tribunales consagrada en el artículo 117 de la Constitución, sino a la documentación de actuaciones procesales, que es competencia de los secretarios judiciales conforme a la legislación orgánica y procesal".

A ello se suma, además, que "en el seno del proceso penal no es preceptiva u obligada la documentación de una declaración sumarial en el soporte que se pide", subrayando que "solamente es preceptiva la grabación audiovisual para 'el desarrollo de las sesiones del juicio oral'".

"Ciertamente, que no sea obligatoria la documentación en soporte videográfico reproducible en formato de imagen y sonido, no impediría que así se acordase compatibilizándola con la forma escrita, pero ello corresponderá a quien ostenta la responsabilidad de la documentación de las actuaciones procesales", concluye la Audiencia.

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