Diario del Derecho. Edición de 19/09/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 10/03/2014
 
 

TS

El Supremo admite a trámite el recurso de UPyD contra el nombramiento de su vicepresidente

10/03/2014
Compartir: 

La formación magenta impugna la designación de Ángel Juanes como vicepresidente del Supremo

MADRID, 7 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de UPyD contra el real decreto que nombró al magistrado Ángel Juanes como vicepresidente del alto tribunal, una nueva figura creada tras la última reforma del Consejo General del Poder Judicial.

La formación magenta recurrió hace unos días el Real Decreto de 27 de diciembre de 2007 que recogió la designación al considerarla fruto del "cambalache político" y no cumplir los requisitos propios del cargo.

Los demandantes justifican su recurso en que este Real Decreto es una norma jurídica de rango inferior a la ley y, por lo tanto, sometido al principio de legalidad y susceptible de ser fiscalizado por la jurisdicción contencioso-administrativa.

En el texto del recurso señalan además, en coherencia con otra impugnación que realizaron contra los nombramientos de todos los vocales y del propio presidente del CGPJ y del Supremo, Carlos Lesmes, que su designación se acordó "de facto" con carácter previo a la elección de los vocales "que en la práctica, por más que se empeñen en negarlo, han actuado (...) como meros delegados o comisionados de los partidos que los han promocionado".

CATEGORÍA DE JUANES

Considera además UPyD que la propia Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) señala que sólo tienen categoría de magistrado del Supremo quienes "efectivamente pasen a ejercer funciones jurisdiccionales como miembros de este tribunal", un requisito que no cumple Juanes porque en el momento de su nombramiento era presidente de la Audiencia Nacional.

Fuentes del alto tribunal han señalado que la tramitación de este recurso puede verse afectada por una decisión adoptada recientemente por el Pleno de lo Contencioso-Administrativo de este órgano que rechazó en dos casos diferentes la legitimidad de los partidos políticos y de sus grupos parlamentarios para utilizar la vía contenciosa contra decisiones del Ejecutivo.

En uno de estos casos se rechazó otro recurso recurso planteado por el grupo parlamentario de UPyD en el Congreso contra los nombramientos realizados a finales de 2012 en el Consejo de Seguridad Nuclear.

La mayoría de los magistrados concluyeron que UPyD como grupo parlamentario no tiene capacidad de obrar procesal, es decir, se le negaba poder de actuación fuera del Parlamento o los recursos previstos ante el Tribunal Constitucional.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: El Tribunal Constitucional y las malversaciones de los ERE; por Enrique Gimbernat, catedrático emérito de Derecho penal de la Universidad Complutense de Madrid
  2. Tribunal Supremo: El TS fija el “dies a quo” del plazo de prescripción del derecho de la Administración a liquidar el Impuesto en adquisiciones por causa de muerte en los que el heredero fallece sin aceptar ni repudiar la herencia y el derecho se transmite a sus herederos
  3. Estudios y Comentarios: Pluralismo, independencia y añadidos; por Emilio Guichot, catedrático de Derecho administrativo
  4. Actualidad: El TEDH condena a España a pagar 26.000 euros a una testigo de Jehová que recibió transfusiones de sangre
  5. Tribunal Supremo: No procede la revisión de condena en aplicación de LO 10/2022, de 6 de septiembre, porque la nueva regulación determinaría la aplicación del art. 181 del CP, que establece una pena superior a la impuesta en la sentencia firme
  6. Estudios y Comentarios: Hacia una igualdad real y efectiva en la carrera judicial; por Mar Serna Calvo, magistrada
  7. Actualidad: El TC estudiará el próximo lunes el recurso de la exetarra 'Pepona' contra las cautelares que le impiden salir de España
  8. Actualidad: El TSJCV suspende cautelarmente las instrucciones de Educación para la definición de las plantillas docentes
  9. Actualidad: La Audiencia de Sevilla confirma la condena al coautor del crimen de Halloween en Palomares y rechaza subir su pena
  10. Actualidad: Los notarios reimpulsan una plataforma para intercambiar documentos oficiales con países de Iberoamérica

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana