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V Plan Regional de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación (2014- 2017)

10/01/2014
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Decreto 243/2013, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el V Plan Regional de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación (2014- 2017) (DOE de 9 de enero de 2014). Texto completo.

DECRETO 243/2013, DE 30 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL V PLAN REGIONAL DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO TECNOLÓGICO E INNOVACIÓN (2014- 2017).

La Comunidad Autónoma de Extremadura asume la promoción de la investigación, el desarrollo y la innovación científica y técnica, en virtud de las competencias exclusivas que en dicha materia le confiere el artículo 9.1.22 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, en la redacción dada en la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero Vínculo a legislación, de Reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En concreto a la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación de la Junta de Extremadura, en virtud del Decreto del Presidente 15/2011, de 8 de julio Vínculo a legislación, por el que se crea la misma, le corresponden las competencias en materia de Investigación, Desarrollo e Innovación.

La Ley 10/2010, de 16 de noviembre Vínculo a legislación, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extre - ma dura regula la actuación de los poderes públicos de la Comunidad Autónoma de Extre - madura en materia de investigación científica y técnica, desarrollo tecnológico e innovación.

El desarrollo de políticas orientadas hacia la Investigación, el Desarrollo Tecnológico y la Innovación (I+D+i) en Extremadura ha sido un reto permanente en esa apuesta necesaria por la calidad de vida y el bienestar social de todos los ciudadanos. La ejecución de los diversos Planes Regionales de Investigación ejecutados desde 1998 ha permitido configurar y consolidar un Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTI), con identidad regional propia, dotado de Agentes dinamizadores que están contribuyendo a impulsar la generación, la promoción, el desarrollo y el aprovechamiento de las actividades de I+D+i en Extremadura.

La vertebración de este sistema se ha visto fortalecida por la aprobación de la Ley 10/2010, de 16 de noviembre Vínculo a legislación, que ha permitido dotar finalmente a la Comunidad Autónoma de Extremadura de una organización institucional pionera en este ámbito, con la puesta en marcha en 2013 de órganos competentes como el Consejo Asesor y la Comisión de la Ciencia, Tecnología e Innovación de Extremadura, que han asumido funciones de orientación y apoyo a las políticas estratégicas diseñadas por el Gobierno de Extremadura en este marco de referencia hacia el escenario del 2020.

El artículo 17 Vínculo a legislación de la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, establece que el anteproyecto del Plan Regional de I+D+i deberá ser elaborado por la Secretaría General de Ciencia y Tecnología, en función de las directrices y acuerdos de la Comisión de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura. En este proceso de elaboración se ha dado participación a todos los agentes que integran el Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación.

El V Plan Regional de I+D+i (V PRI+D+i, 2014-2017) es el primero que nace bajo el marco de referencia de la Ley 10/2010 de la Ciencia de Extremadura Vínculo a legislación. Se concibe como una herramienta para el desarrollo del Programa Operativo 2014-2020, perfectamente ligado con la Estrategia Nacional de Ciencia y Tecnología (2013-2020), el Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación (2013-2016) y el Programa Europeo Horizonte 2020, en conexión con la Estrategia de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente de Extremadura (RIS3 Extremadura).

Asume como objetivos estratégicos potenciar el talento investigador para favorecer e impulsar la carrera investigadora, fomentar la investigación científica y técnica de excelencia en la región, impulsar la actividad I+D+i en el sector empresarial extremeño, mejorar la coordinación y el acceso a las infraestructuras científicas y tecnológicas extremeñas con la implicación de todos los agentes del SECTI, y además estimular la cultura científica, tecnológica e innovadora en la sociedad extremeña. Su consecución se realizará con la ejecución de diversos programas regionales, dotados de modalidades e instrumentos de participación.

En este sentido, y dando cumplimiento el artículo 5 Vínculo a legislación de la Ley 6/2011, de Subvenciones, respecto a la elaboración de un plan estratégico previo al establecimiento de bases reguladoras de éstas, su contenido queda recogido en este V Plan Regional, en cuanto los objetivos y efectos, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y las fuentes de financiación, así como los indicadores de evaluación y seguimiento relacionados.

Las prioridades científico-técnicas y sociales del V Plan Regional se orientan hacia el desarrollo de la investigación básica, y de la I+D+i orientada y aplicada hacia las áreas estratégicas de Agroalimentación, Gestión de Recursos Naturales, Turismo, Cultura y Sociedad, Salud, Energía y Producción Industrial, Tecnología de la Información y Comunicaciones.

Procede, por consiguiente, y con el fin de continuar con el desarrollo de los anteriores Planes Regionales de I+D+i, la aprobación del V Plan Regional de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación (V Plan I+D+i, 2014-2017), realizados todos los trámites que se mencionan en el artículo 17 Vínculo a legislación de la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura.

Por todo cuanto antecede, y en virtud y de conformidad con lo establecido en el artículo 90.2 Vínculo a legislación de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Empleo, Empresa e Innovación, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 30 de diciembre de 2013, D I S P O N G O :

Artículo único.

Aprobar el V Plan Regional de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación (2014-2017), cuyo texto se inserta a continuación de este decreto.

Disposición adicional única. Financiación y gestión.

1. El V Plan Regional de I+D+i será financiado con fondos procedentes de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y por las aportaciones de otras entidades públicas o privadas.

2. La aportación de la Junta de Extremadura a la financiación del V Plan Regional de I+D+i se incluirá en una única función de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco de la estructura presupuestaria determinada por la Consejería competente en materia de hacienda.

3. La gestión del V Plan Regional de I+D+i será competencia de la Secretaría General de Ciencia y Tecnología.

Disposición transitoria única. Prorroga de la vigencia.

El Plan Regional vigente se entenderá prorrogado automáticamente hasta la aprobación del siguiente que lo sustituya.

Disposición final primera. Habilitación normativa.

Se faculta al titular de la Consejería competente en la materia para dictar en el ámbito de sus competencias cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Anexos Omitidos.

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