ORDEN DE 30 DE ABRIL DE 2013, DEL CONSEJERO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, POR LA QUE SE MODIFICAN LOS ANEXOS II, III Y IV DE LA ORDEN DE 23 DE AGOSTO DE 2012 Y SE ACTUALIZAN LOS COEFICIENTES A QUE SE REFIERE LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA DE LA ORDEN DE 13 DE FEBRERO DE 2013.
La Orden de 23 de agosto de 2012, del Consejero de Hacienda y Administración Pública, aprobó los Coeficientes Multiplicadores del Valor Catastral (CMVC) para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos, a efectos de liquidación de los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones, sobre los hechos imponibles devengados durante los ejercicios 2010, 2011 y 2012, estableció las reglas para la aplicación de los mismos y publicó la metodología seguida para su obtención. Una revisión posterior aconseja que el municipio zaragozano de Villamayor de Gállego deje de figurar entre los municipios del entorno periurbano de Zaragoza y se integre en el conjunto de municipios de ámbito rural, debiendo de aplicar nuevamente la metodología aprobada en dicha orden para recalcular los coeficientes aplicables a los inmuebles del citado municipio para los ejercicios 2010, 2011 y 2012.
Por otra parte, la Orden de 13 de febrero de 2013, del Consejero de Hacienda y Administración Pública, aprobó los Coeficientes Multiplicadores del Valor Catastral (CMVC) para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos, a efectos de liquidación de los Impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y sobre Sucesiones y Donaciones, sobre los hechos imponibles devengados o que se devenguen durante el ejercicio 2013. El apartado 2 de la disposición transitoria única de dicha orden hacía referencia a una futura actualización de los coeficientes aplicables en los municipios que se relacionaban en el anexo III que, si bien habilitaba a su ejecución por resolución del Director General de Tributos, se ha considerado oportuno regularlo en la presente orden aprovechando la misma iniciativa normativa.
El Decreto 320/2011, de 27 de septiembre , del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Hacienda y Administración Pública, atribuye expresamente, en su artículo 1.1.h), al Consejero titular de dicho departamento las facultades para "el ejercicio de las competencias que correspondan a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos y de aquellos tributos propios cuya gestión tenga encomendada".
Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57.1.b) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en el artículo 158 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio , dispongo:
Artículo 1. Modificación de los anexos II, III y IV de la Orden de 23 de agosto de 2012.
A los bienes inmuebles urbanos situados en el municipio de Villamayor de Gállego, les serán aplicables, para los hechos imponibles devengados durante los ejercicios 2010, 2011 y 2012, los siguientes Coeficientes Multiplicadores del Valor Catastral (CMVC):
Artículo 2.- Actualización de los coeficientes a que se refiere el apartado 2 de la disposición transitoria única de la Orden de 13 de febrero de 2013.
A los bienes inmuebles urbanos situados en los municipios relacionados en el Anexo III de la Orden de 13 de febrero de 2013, les serán aplicables, para los hechos imponibles devengados o que se devenguen durante el ejercicio 2013, los siguientes Coeficientes Multiplicadores del Valor Catastral (CMVC):
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".