Diario del Derecho. Edición de 17/06/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 12/03/2013
 
 

Justicia penal y ‘juicios paralelos’; por Manuel Jaén Vallejo, Magistrado y Profesor Titular de Universidad

12/03/2013
Compartir: 

El día 10 de marzo de 2013, se ha publicado en el diario Ideal, un artículo de Manuel Jaén Vallejo, en el cual el autor considera que debe evitarse que haya una justicia bajo presión mediática, que se presente a los imputados como condenados.

JUSTICIA PENAL Y ‘JUICIOS PARALELOS’

La atención pública que supone la publicación de algunas noticias genera ‘juicios paralelos’, en ocasiones favorecidos por los medios de comunicación social (mass media), cuyas consecuencias son muchas veces irreparables, más graves incluso que la propia condena; son bien conocidas aquellas ‘máximas’ según las cuales “es más fácil formular una acusación que destruirla, como es más fácil abrir una herida que curarla”, o “calumnia que algo queda”. Ello además puede llegar a influir en los jueces encargados de dictar sentencia (sobre todo en los jurados), con las graves consecuencias que ello puede tener para el derecho de defensa y a ser juzgado por un tribunal imparcial, e incluso para el derecho a la presunción de inocencia que asiste a todo acusado hasta el momento de la sentencia. No debe contribuirse en modo alguno a que se pueda hacer realidad el viejo chiste referido a un juzgador que al ver aparecer al acusado exclamó “¡Que pase el condenado! “.

Naturalmente, incluir en los códigos penales la punibilidad de las informaciones indebidas sobre investigaciones previas a un proceso penal -un delito, pues, de prensa- podría afectar al contenido esencial de la libertad de información, al sustraer al ciudadano del conocimiento de asuntos de interés público sobre los que tiene derecho a formarse una opinión, y podría ser, por tanto, inconstitucional. El problema planteado no es nuevo.

Recuerdo que a él pude referirme en la Universidad de Granada en 1987, con ocasión de las entrañables jornadas penales celebradas en homenaje a José Antonio Sainz Cantero, que ocupó la cátedra de derecho penal en esta Universidad desde 1973 hasta su fallecimiento en 1985; la cuestión entonces del conflicto entre la libertad de información y otros derechos fundamentales, o de la interpretación de los límites de aquélla, acababa de ser magistralmente desarrollada en la Sentencia del Tribunal Constitucional 104/1986, de la que fue ponente Francisco Tomás y Valiente.

Pero si la libertad de información y el derecho a ser informado deben ser objeto de protección, no cabe duda que también lo deben ser el principio de presunción de inocencia y otros derechos básicos del proceso, y que de esta protección deben derivarse obligaciones para el Estado, como evitar que se presente públicamente a determinadas personas, en la prensa escrita y en medios audiovisuales, como auténticos culpables de los hechos que se les imputan, que están siendo objeto de investigación o instrucción judicial, por muchos elementos inculpatorios en su contra que pueda haber, pues en tanto no haya una sentencia condenatoria, la culpabilidad es algo irreal e inexistente, y así debe revelarse en las informaciones de prensa, que deben moverse exclusivamente, al menos en este ámbito, dentro del marco de la objetividad.

No es posible presentar públicamente a una persona como culpable de hechos que constituyen el objeto de una investigación o instrucción judicial. Algo que está ocurriendo lamentablemente en España con frecuencia, con la permanente difusión pública de asuntos notorios objeto de investigación, realizándose opiniones que revelan un juicio anticipado de culpabilidad sobre determinadas personas, con olvido de la única realidad procesal posible: la inocencia de toda persona acusada, hasta que no se declare su culpabilidad en una sentencia condenatoria.

Debe evitarse que haya una justicia bajo presión mediática, que se presente a los imputados como condenados y se los someta permanentemente a un linchamiento social, por muy repulsivos que sean los hechos investigados y por muchas sospechas que existan sobre aquéllos; el Estado no debería permanecer impasible ante este tipo de acontecimientos tan graves para las garantías y derechos del proceso penal y, en definitiva, para la democracia.

Aunque es cierto que, como dice el prestigioso penalista alemán Winfried Hassemer, “los medios de comunicación y la justicia penal nunca han coexistido armónicamente”

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: Condenan a 28 años de cárcel al hombre que asesinó a su pareja en Piedrabuena (Ciudad Real) tras años de maltrato
  2. Estudios y Comentarios: Agonizante europeísmo del Gobierno; por Araceli Mangas Martín, académica de Número de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas y catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid
  3. Estudios y Comentarios: Nota breve sobre una ponencia de sentencia constitucional; por Ramón Trillo; Ex presidente de Sala del Tribunal Supremo
  4. Tribunal Supremo: Se examina por la Sala los requisitos que han de concurrir para apreciar la responsabilidad civil subsidiaria del titular de un establecimiento de ocio en el que se comete un delito
  5. Estudios y Comentarios: La urgente necesidad de reducir la complejidad del Derecho digital europeo; por Moisés Barrio Andrés, Letrado del Consejo de Estado
  6. Tribunal Supremo: Analiza la Sala los efectos de la prórroga ordinaria de un Convenio Colectivo con relación a la cláusula de revisión salarial contenida en el mismo
  7. Estudios y Comentarios: La ley electoral cumple 40 años; por Enrique Arnaldo Alcubilla, magistrado del Tribunal Constitucional
  8. Legislación: Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a entidades sin ánimo de lucro que fomenten la cultura emprendedora
  9. Legislación: Tasas por tramitación de autorizaciones administrativas y documentos de identidad en materia de inmigración y extranjería
  10. Actualidad: Almería lidera la mediación penal en Andalucía con más de 600 juicios evitados en un año

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana