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La decisión puede afectar a miles de familias

Estrasburgo frena un derribo en la Cañada (Madrid) hasta que la familia tenga un alojamiento alternativo

07/02/2013
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Amnistía Internacional destaca que la Justicia española tendría que aplicar estándares internacionales de respeto al derecho a la vivienda

MADRID, 6 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha paralizado el derribo de una vivienda familiar situada en el sector 4 de la Cañada Real, en Vicálvaro, hasta que la familia disponga de un alojamiento adecuado que cumpla una condiciones y no de emergencia, una decisión que podría afectar a miles de familias afectadas por los desalojos forzosos en este asentamiento chabolista.

En una resolución fechada el pasado 31 de enero, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Tribunal de Estrasburgo acuerda en este proceso imponer unas medidas cautelares, entre las que destaca instar tanto al Gobierno español como al Ayuntamiento de Madrid a abstenerse de derribar la vivienda de la familia Raji hasta que no tengan un alojamiento alternativo.

Ahora, se abrirá el procedimiento para que este tribunal internacional sentencie si se paraliza de forma definitiva este derribo, cuya orden de demolición es efectiva desde 2010. El proceso se ha llevado a Estrasburgo de la mano del Centro de Asesoría y Estudios Jurídicos (CAES) a instancias de Mohamed Raji.

Acompañado por el abogado Javier Rubio y Marta Mendiola, de Amnistía Internacional, Raji ha expuesto en una rueda de prensa que desde 2006 viene solicitando sin éxito una vivienda de protección social. En 2010, se fue a la Cañada a vivir con su esposa e hija, desconociendo entonces que ya había una orden de demolición.

El Ayuntamiento de Madrid contaba con autorización dictada por un Juzgado de lo Contencioso. Raji, a través de CAES, acudió al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) sin lograr que se paralizara el derribo. Ante la demolición inminente, decidió ir a la jurisdicción internacional ante el desamparo de la Justicia española por vulneración de los derechos de su familia.

TOQUE DE ATENCIÓN

En la rueda de prensa, el abogado Javier Rubio ha destacado que, aunque el artículo 47 de la Constitución se reconoce el derecho a una vivienda, éste "no es invocable ante los tribunales españoles". "Esta decisión significa un toque de atención sobre las autoridades españoles, ya que no hay soluciones ante estas agresiones que incumplen el convenio de Roma", ha recalcado.

"Se ha conseguido por primera vez que no se produzca un derribo sin haber un alojamiento alternativo adecuado. Tiene mucha importancia para el derecho a la vivienda en España", ha reseñado Rubio. "Crea un precedente y abre una línea argumental que tendrán que tener en cuenta las autoridades, ya que de lo contrario podrían cometer violaciones de derechos humanos", ha señalado.

Por su parte, Mendiola ha subrayado que tanto la decisión del Ayuntamiento de Madrid de suspender los derribos en la Cañada como la decisión de este tribunal ratifican "el papel de la movilización social contra las arbitrariedades de la administración en el terreno de la vivienda", ha dicho.

"Lo que es muy importante es que los órganos jurisdiccionales españoles empezaran a introducir estándares internacionales de respeto del derecho a la vivienda a las decisiones judiciales sobre este derecho. Es muy importante que este tribunal europeo inspire a los órganos judiciales españoles", ha apuntado.

Además, ha destacado que este tribunal recuerda a España que existen estándares internacionales de protección del derecho a la vivienda que los Estados deben cumplir para proteger a las personas.

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