Diario del Derecho. Edición de 17/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 26/11/2012
 
 

Mediapro anuncia que recurrirá al Supremo

La Audiencia de Madrid confirma parcialmente la sentencia que condenó a Mediapro a pagar 105 millones a AVS

26/11/2012
Compartir: 

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado parcialmente una sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 36 de Madrid que condenó a Mediapro a pagar 105 millones de euros a Audiovisual Sport --empresa participada al 80% por Sogecable (antigua Prisa TV) y al 20% por Televisión de Cataluña-- por incumplir el contrato firmado en 2006 sobre los derechos del fútbol, según ha señalado Prisa en un hecho relevante a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Mediapro por su parte ha informado a Europa Press que recurrirá ante el Tribunal Supremo.

MADRID, 23 (EUROPA PRESS)

El origen del conflicto se sitúa en julio de 2006, cuando Mediapro y AVS firmaron un acuerdo para explotar los derechos de la Liga y la Copa del Rey, que, según Sogecable, Mediapro incumplió al negociar a sus espaldas la contratación de los derechos de distintos clubes de fútbol.

La sentencia da la razón parcialmente a Sogecable y confirma la condena que ya dictó el Juzgado de Primera Instancia a Mediapro a pagar 105 millones de euros por los daños causados a AVS por incumplir este contrato en la temporada 2006/2007 y parte de la 2007/2008 (hasta febrero de 2008).

Sin embargo, desestima la parte de la sentencia del Juzgado de Primera Instancia en la que se condenaba a Mediapro a devolver todos los derechos con los club de fútbol negociados al margen de AVS, y señala que Mediapro era libre de negociar con quien quisiera a partir del 2008, fecha en que espiró el contrato que ha motivado la 'guerra del fútbol', según han informado fuentes de Mediapro.

Las mismas fuentes han explicado que Mediapro recurrirá la sentencia ante el Tribunal Supremo y que los 105 millones que ahora le condena a pagar la Audiencia Provincial están provisionados en sus cuentas desde 2010, cuando se dio a conocer la sentencia del juzgado de primera instancia.

Además, han señalado que el pago de estos 105 millones de euros forma parte de los créditos que la compañía se comprometió a abonar a sus acreedores a mediados de 2015 dentro de los acuerdos alcanzados tras declararse en concurso de acreedores en junio de 2010.

Mientras, Prisa ha subrayado que la sentencia de la Audiencia Provincial declara la plena vigencia de dicho contrato hasta el final de la temporada 2008/2009 y su resolución al final de dicha temporada. Asimismo, ha insistido en que la reclamación por los daños causados por el resto de la temporada 2007/2008 (desde febrero de 2008) y la 2008/2009 se sustancia ante el Juzgado Mercantil número 7 de Barcelona, en el marco del concurso voluntario de acreedores de Mediapro.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: Félix Bolaños entrega 32 condecoraciones de San Raimundo de Peñafort en Valencia
  2. Actualidad: El Supremo confirma el suicidio de un trabajador como accidente laboral
  3. Actualidad: El TC ampara a un preso al que se le denegó que le visitaran sus hijas sin una motivación judicial suficiente
  4. Tribunal Supremo: La revisión de oficio de las bases de un proceso selectivo ya realizado y de sus actos de aplicación no pueden ser contrarios al principio de seguridad jurídica, debiendo ser la nota de corte la inicialmente establecida
  5. Agenda: III Jornada CEIA de Arbitraje Internacional en Barcelona (2024)
  6. Tribunal Supremo: La prórroga de la suspensión del lanzamiento del ejecutado hipotecario que permanece en situación de precario en una vivienda, no es automática y debe ser solicitada por el interesado
  7. Actualidad: El Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes distribuye 1,7 millones en 2024 para atención a víctimas del delito y lucha contra la criminalidad
  8. Legislación: Protección de las personas que se implican en la participación pública frente a pretensiones manifiestamente infundadas o acciones judiciales abusivas
  9. Legislación: Estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente y Turismo
  10. Tribunal Supremo: El TS establece la naturaleza de la relación laboral de una trabajadora con contrato a tiempo parcial objeto de reiteradas ampliaciones de jornada en virtud de las cuales ha prestado servicios el mismo número de horas que los trabajadores a tiempo completo

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana