Diario del Derecho. Edición de 25/03/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 11/10/2012
 
 

CGPJ

El CGPJ archiva de plano la queja de Manos Limpias contra Pedraz por criticar a la clase política

11/10/2012
Compartir: 

El Servicio de Inspección del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha archivado de plano la denuncia presentada el pasado viernes por Manos Limpias contra juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz por considerar que se extralimitó al incluir determinadas expresiones en el auto en el que archivó la causa contra los organizadores del 25-S, donde criticó la actuación policial y aludió a la "decadencia de la clase política".

MADRID, 10 (EUROPA PRESS)

Según ha informado hoy el CGPJ, no puede decirse que Pedraz haya incurrido en una falta grave del articulo 418.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que prevé sanciones por "dirigir a los poderes públicos felicitaciones o censuras por sus actos", porque no se da "la condición de procedibilidad que exige dicho precepto".

Sólo procedería aplicarlo tras comunicación remitida el tribunal superior respecto de quien dictó la resolución, en este caso, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que no ha hecho ningún movimiento al respecto.

Tampoco se puede decir, según el CGPJ, que el titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 haya incurrido en una falta grave del articulo 418.3 de la LOPJ, que prevé sanciones por "dirigir a los poderes públicos felicitaciones o censuras por sus actos".

Sobre este punto en concreto, los inspectores del CGPJ señalan que tras la lectura de la denuncia, " no se observa que las expresiones que en la misma se utilizan sean incardinables en el precepto referido".

Además, el CGPJ insiste en que no es posible atender aquellas reclamaciones que afecten a la función jurisdiccional de Jueces y Magistrados, es decir, la facultad de juzgar y ejecutar lo juzgado, toda vez que la Constitución les reserva en exclusiva la facultad para juzgar y ejecutar las sentencias que dictan .

En sintonía con este principio, la Ley Orgánica del Poder Judicial prohíbe expresamente a todos los órganos de gobierno del Poder Judicial su intervención en los procedimientos judiciales y en las resoluciones que dicten jueces y magistrados, debiendo canalizarse las discrepancias con las resoluciones judiciales a través de los recursos y medios de oposición que prevén las leyes procesales.

Manos Limpias considera "inadmisibles" las acusaciones vertidas en el auto contra las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, así como las críticas a los políticos.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: ¡Oh qué tiempos, don Cándido!; por Javier Gómez de Liaño, abogado
  2. Estudios y Comentarios: Invertir en seguridad colectiva sin engaños; por Araceli Mangas Martín, académica de Número de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas y catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid
  3. Actualidad: Santiago Muñoz Machado: “Bajo el nombre de nueva democracia lo que hay en el fondo es una negación total de la democracia”
  4. Tribunal Supremo: El TS aprecia vulneración del derecho al honor de un juez por la falsa atribución a una de sus sentencias de una expresión que suponía un ataque falaz al colectivo de enfermeras durante la pandemia de COVID 19
  5. Actualidad: Los criminólogos celebran que el Congreso debata regular la profesión: "Es el camino a seguir en una sociedad moderna"
  6. Tribunal Supremo: Mantiene la Sala que el ordenamiento jurídico español no permite convertir al personal temporal de la Administración en funcionario de carrera o personal fijo
  7. Actualidad: El trabajo de los Juzgados de Violencia sobre la mujer aumentará un 12,9% cuando asuman delitos sexuales, según el CGPJ
  8. Estudios y Comentarios: Reclutamiento forzoso: ¿todos a la guerra?; por María Eugenia Rodríguez Palop, profesora titular de Filosofía del Derecho de la Universidad Carlos III de Madrid
  9. Actualidad: Los nuevos presidentes de las salas de lo Civil y lo Social del Supremo toman posesión de sus cargos
  10. Actualidad: Respresentantes de los Jueces de violencia sobre la mujer se reúnen hoy con Justicia tras avisar de "colapso total" si asumen delitos sexuales

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana