Diario del Derecho. Edición de 07/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 06/07/2012
 
 

Inhabilitación

Condenado a 7 años de inhabilitación el exalcalde de Espinoso (Toledo) por empadronar a personas antes de las elecciones

06/07/2012
Compartir: 

El Juzgado de lo penal número 3 de Toledo, constituido en Talavera de la Reina, ha condenado al exalcalde de Espinoso del Rey (Toledo), Samuel Gómez, a siete años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito de prevaricación, cometido entre los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2006 y enero de 2007, al empadronar en el municipio, antes de las elecciones, a personas que no reunían los requisitos para ello.

TOLEDO, 5 (EUROPA PRESS)

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, recoge como hechos probados que el exalcalde, del PSOE, concedió altas en el padrón municipal a numerosas personas "con pleno conocimiento de que las mismas no reunían los requisitos legalmente establecidos para tener la condición de vecinos" del municipio, todas ellas "por cambio de residencia y mayores de edad".

De esta forma, continúa el juzgado, "alteró con ello el censo electoral para las siguientes elecciones municipales sin que, pese a ellos, en ningún momento acordase la iniciación del procedimiento de baja de oficio de las inscripciones indebidas".

El tribunal considera que "resulta evidente" que la mayoría de las altas no se correspondían con personas que vivían en el municipio, por lo que el acusado "debió iniciar de inmediato el procedimiento de baja de oficio, lo que no hizo con pleno conocimiento de que estaba obligado a actuar y sin que existiera obstáculo alguno que se lo impidiera".

Todo ello, continúa la sentencia, pese a que el acusado negó los hechos tanto en la instrucción como durante el juicio oral, y teniendo en cuenta que "resulta difícil creer" que una persona que ha sido alcalde durante 19 años no conozca la existencia de nuevos empadronamientos en un municipio con una población de unas 650 personas.

Además, se destaca que todos los empadronamientos se realizaron "casualmente" en domicilios ya existentes en el municipio y en ningún caso en viviendas de nueva construcción o desocupadas, así como el hecho de que ninguna de las personas que se empadronaron alteró su domicilio en documentos oficiales como tarjetas sanitarias o DNI, y todo ello "en fechas próximas anteriores a los comicios locales".

Contra la sentencia, que condena al acusado a pagar las costas del procedimiento, cabe recurso de apelación.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: La nulidad de pleno derecho del acto administrativo no afecta a su eficacia y ejecutividad, por lo que el particular afectado por el acto nulo debe reaccionar frente al mismo si no quiere soportar sus efectos
  2. Estudios y Comentarios: La amnistía y el Tribunal Constitucional (I); por Ramón Trillo, expresidente de Sala del Tribunal Supremo
  3. Actualidad: El TEDH descarta que el Tribunal Supremo vulnerara los derechos de Turull, Junqueras y Sànchez
  4. Actualidad: La Audiencia Nacional acuerda investigar los pagos en metálico del PSOE a Ábalos y Koldo García
  5. Estudios y Comentarios: La explotación política de la inmigración; por Gonzalo Quintero Olivares, catedrático de Derecho Penal y abogado
  6. Actualidad: El TS resolverá si los padres pueden pelear en los tribunales la concesión de la eutanasia a un hijo mayor de edad
  7. Tribunal Supremo: El éxito de la acción de desahucio por precario entre coherederos no queda impedido por la circunstancia de que el demandado, poseedor en exclusiva, sea titular de la cuota mayoritaria en la comunidad hereditaria
  8. Tribunal Supremo: Para beneficiarse de la reducción del 99% en el Impuesto sobre Sucesiones por transmisión de participaciones de una empresa familiar, basta con disponer de un local afecto a una actividad y contar con un trabajador contratado a jornada completa
  9. Actualidad: Una guía, presentada en el TSJ, facilitará la comunicación en el ámbito judicial a las personas con autismo
  10. Legislación: Medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana