PALMA DE MALLORCA, 03 (EUROPA PRESS)
Mediante un nuevo auto, al que ha tenido acceso Europa Press, el titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma, José Castro, eleva a la Audiencia el recurso de apelación que interpuso Matas después de que el magistrado rechazase apartarse de esta 'subcausa', al alegar, entre otros numerosos argumentos, que hasta que el exjefe del Ejecutivo balear no fue citado en ella para declarar como imputado nadie había cuestionado su competencia para instruir estas investigaciones.
En este sentido, el juez esgrimía que ya cuando por primera vez tomó declaración al imputado, en marzo de 2010, se le preguntó en torno a los convenios firmados entre el Gobierno y Nóos para la celebración de dos foros sobre turismo y deporte en Baleares -que costaron 2,3 millones de euros públicos, parte de cuyo destino se investiga-, y entonces "ni el señor Matas ni su dirección letrada mostraron su discrepancia sobre las preguntas que se le formularon, ni se cuestionaron la competencia de este instructor para hacerlas o consentir que otros lo hicieran" en el marco del caso Palma Arena.
Es más, el magistrado afirmaba que, desde entonces, se dictaron más de quince resoluciones hasta que fue abierta la pieza sobre Nóos, el 4 de agosto del pasado año, a partir de cuando se dictaron otras 33, sin que ni siquiera una vez levantado el secreto de las mismas ninguna de ellas fuese objeto de recurso ni de cuestionamiento de la competencia por parte de Matas.
De hecho, Castro aseveraba que fue a partir de la nueva citación del exjefe del Ejecutivo autonómico ya en el marco de la pieza número 25 cuando su abogado, Antonio Alberca, cuestionó la competencia de su Juzgado para instruir estas investigaciones.
El juez consideraba que la pretensión de la defensa de Matas de que el juez decano decida en base a las normas de reparto que estas pesquisas recaigan en otro Juzgado "carece de todo encaje jurídico", puesto que a pesar de que el decano, entre otros cometidos, tiene el de intervenir en el reparto de asuntos, no es así "en cualquier momento procesal que a alguien se le pueda antojar sino solo cuando aquéllos acceden a los Juzgados a través de los variados cauces habilitados para ello".
Y ello, proseguía, "con la estricta finalidad de que la carga competencial entre todos ellos sea equitativa y con rigurosa observancia de las normas de reparto". Tanto es así que consideraba que la solicitud del exministro "supera todo lo inconcebible" y aseveraba que la inhibición de un instructor "no puede ser algo caprichoso que obedezca al personal interés de éste ni al personal y además extemporáneo de ninguna de las partes".
Es por todo ello que consideraba "extemporáneo, sin cauce procesal y sin base legal alguna" entrar en el debate planteado por la defensa de Matas, menos aún cuando está por resolverse por la Audiencia Provincial otro recurso de apelación sobre "exactamente la misma cuestión".
En el escrito presentado por Alberca ante el Juzgado de Instrucción número 3, el letrado incidía en que ya cuando en el curso de las indagaciones sobre el presunto desfase de más de 50 millones de euros durante la ejecución del Palma Arena (2005-2007) aparecieron indicios de criminalidad en torno a las actividades realizadas a través de Nóos, el magistrado "debió acordar su inhibición" de forma inmediata.