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  • EDICIÓN DE 13/06/2012
 
 

Anula una sanción de 30.000 euros

Una sentencia avala el cobro de Ryanair por facturar la maleta

13/06/2012
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El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Palma de Mallorca ha avalado el cobro que realizó Ryanair al pasajero por facturar la maleta, una práctica generalizada por la mayoría de aerolíneas 'low cost' por la que facturan entre 15 y 30 euros, según la sentencia dictada el pasado 6 junio a la que tuvo acceso Europa Press.

MADRID, 12 (EUROPA PRESS)

La sentencia concluye que "existiendo libertad de las compañías aéreas para fijar el precio de los billetes, nada impide que ofrezcan a los pasajeros que no facturen equipaje un precio más ventajoso respecto de aquellos pasajeros que facturen equipaje".

El juez admite así el recurso presentado por Ryanair contra la resolución de la Dirección General de Consumo del Govern de les Illes Balears, de 11 de febrero de 2010, que le impuso una multa de 30.000 euros por dos infracciones a la defensa de los consumidores por no indicar el precio final del billete durante el proceso de contratación.

La sentencia admite la práctica de Ryanair de no fijar un precio global definitivo del billete en el que deba entenderse incluido el equipaje, sino que en su oferta de contratación de su página web desglosa el precio del billete, con facturación de una o más maletas o sin facturación de maleta alguna.

"De esta forma, permite a los pasajeros que no deseen facturar maleta alguna la obtención de un precio más reducido de su billete con respecto a quienes decidan facturar equipaje", explica la sentencia, que considera que esta práctica está amparada en la libertad contractual que establece el Código Civil.

Así, el juez no se acoge a los establecido en el artículo 97 de la Ley 48/1960 de Navegación Aérea, que establece que "el transportista estará obligado a transportar juntamente con los viajeros, y dentro del precio del billete, el equipaje, con los límites de peso y volumen que fijen los Reglamentos. El exceso será objeto de estipulación especial. No se considerará equipaje a este efecto los objetos y bultos de mano que el viajero lleve consigo".

El cliente demandó ante a Ryanair ante las autoridades de Consumo por no indicar el precio final del vuelo al seleccionarlo en la página web y por no haberle atendido a sus reclamaciones de devolución de un importe cobrado indebidamente.

Por su parte, en un comunicado, Ryanair celebró la sentencia del Juzgado de Palma y consideró que supone un "duro golpe" para las líneas aéreas que "aprovechan para cargar el coste del equipaje en todas sus tarifas", lo que supone una "victoria para los consumidores más sensibles al precio, que prefieren viajar ligeros de equipaje".

Además, la aerolínea irlandesa señaló que la sentencia establece que la interpretación de la legislación española confiere a las aerolíneas "la libertad de establecer el precio que considere oportuno a dicho servicio".

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