Diario del Derecho. Edición de 28/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 05/06/2012
 
 

No es competente

El juez deja en manos del Tribunal Superior de Justicia catalán el recurso contra la web antivándalos de Interior

05/06/2012
Compartir: 

El titular del Juzgado Contencioso Administrativo número 13 de Barcelona ha remitido al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) el recurso de amparo presentado por la Asociación Catalana para la Defensa de los Derechos Fundamentales contra la web para identificar a vándalos de la Consejería de Interior.

BARCELONA, 4 (EUROPA PRESS)

En su auto, al que ha tenido acceso Europa Press, el juez coincide con la postura de Fiscalía y de las partes en que la competencia para resolver este recurso corresponde a la sala de lo contencioso administrativo del TSJC "pues la actuación impugnada cabe imputarla a los órganos centrales del departamento de Interior de la Generalitat".

Así, declara su incompetencia para resolver el recurso contencioso administrativo especial de protección de los derechos fundamentales de la persona presentado por dicha asociación por colgar en la página las imágenes de 68 sospechosos.

En el recurso se denunciaba que la página vulneraba derechos fundamentales y pedía la medida cautelarísima de suspensión inmediata de la publicación a Internet de la sección de la página web, porque aparecían imágenes de menores y había riesgo de reiteración de la vulneración de derechos de imposible reparación porque Interior quería ir añadiendo personas sospechosas.

Por su parte, el juez denegó esta opción alegando que tomar esta decisión no era urgente y la Fiscalía de Barcelona se posicionó anteponiendo el interés general en la identificación de los presuntos autores de los altercados del 29M a los derechos fundamentales de las personas que aparecían en la página.

La Consejería de Interior retiró el 24 de mayo la web para identificar a vándalos, que se ha abrió el 24 de abril con fotografías de 68 sospechosos, después de lograr 22 identificaciones, y podría recuperarla si hay nuevos disturbios en los que quieran localizar a implicados.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: La Audiencia Nacional investiga el incidente de Vallecas como posible terrorismo yihadista
  2. Actualidad: El Supremo revisa hoy la libertad de Ábalos y Koldo tras situarles a un paso de juicio por la trama de mascarillas
  3. Estudios y Comentarios: Críticas “políticas” a la condena al fiscal general; por Agustín Pérez-Cruz, catedrático de Derecho Procesal en la Universidad de Oviedo
  4. Estudios y Comentarios: Dean Spielmann, Abogado General del Tribunal de Justicia de la UE, y la autoamnistía; por Enrique Gimbernat, catedrático emérito de la Universidad Complutense de Madrid
  5. Actualidad: El TS envía a Ábalos y Koldo a prisión por riesgo "extremo" de fuga ante el juicio por la trama de mascarillas
  6. Legislación: Estrategia de Acción Exterior y ante la Unión Europea de la Junta de Andalucía 2025-2030
  7. AN, TSJ, AAPP: Establece la AN que no informar a los representantes de los trabajadores de los algoritmos empleados por la empresa para la asignación de libranzas, vulnera el derecho a la libertad sindical
  8. Estudios y Comentarios: El primer viaje de León XIV: Turquía y el Líbano; por Rafael Navarro-Valls, catedrático Emérito y Profesor de Honor Vitalicio de la Universidad Complutense de Madrid
  9. Tribunal Supremo: Cuando se alegue la presentación electrónica de una solicitud de inicio de procedimiento administrativo y no quede debidamente registrada, es necesario que la Administración otorgue un plazo para su subsanación
  10. Revistas: Iustel presenta el número 16 de su Revista General de Derecho de los Sectores Regulados

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana