BARCELONA, 30 Mar. (EUROPA PRESS)
El TSJC decidió anular el veredicto del jurado basándose en las eximentes de legítima defensa y de miedo insuperable por el que fue juzgado en mayo de 2011, tras estimar el recurso presentado por la acusación particular y la Fiscalía.
La defensa de Corominas cree que el TSJC "infringe la Ley del Jurado con la finalidad de sustituir el criterio de los jurados por el suyo propio, han explicado este viernes en un comunicado.
"El TSJC, a pesar de reconocer que ello está prohibido, acaba por imponer su propio criterio, vulnerando el artículo de la Ley del Jurado que obliga al tribunal a incorporar y respetar los hechos probados por el jurado", han añadido.
También creen que el TSJC rompe así con la doctrina del Tribunal Constitucional "que le impide volver a valorar las pruebas que ya valoró el jurado al tratarse de una sentencia absolutoria".
Tampoco están de acuerdo con el razonamiento del TSJC que justificó la formación de un nuevo jurado en que el veredicto del anterior era "insuficiente y arbitraria".
Para la defensa de Corominas cree que "es en realidad una simple discrepancia entre el parecer del TSJC y el expresado por los jurados".
"Ni la discrepancia es posible ni es constitucionalmente lícita la sustitución de un criterio por otro, pues de los contrario, se despojaría de todo el sentido al juicio oral, al propio jurado y a las sentencias dictadas por ellos".
Según los hechos probados por el jurado, el 9 de diciembre de 2006 el acusado Lluís Corominas --yerno y coordinador de seguridad privada de los Tous-- acudió a la vivienda familiar de Sant Fruitós de Bages (Barcelona) alertado por un auxiliar de control de la presencia de intrusos.
El acusado, al llegar al lugar y ver a dos presuntos ladrones en un vehículo cerca de la vivienda, disparó dos veces con su pistola semiautomática contra el coche y mató a uno de ellos "determinado por el miedo que sentía", según el jurado.