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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 127-2012

12/03/2012
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Cuestión de inconstitucionalidad n.º 127-2012, en relación con los apartados 2 y 3 del artículo 132 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común por posible vulneración de los artículos 9 y 103 de la CE. (BOE de 10 de marzo de 2012) Texto completo.

CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 127-2012, EN RELACIÓN CON LOS APARTADOS 2 Y 3 DEL ARTÍCULO 132 DE LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE, DE RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN POR POSIBLE VULNERACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 9 Y 103 DE LA CE.

Preámbulo

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 28 de febrero actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 127-2012 planteada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 12 de Barcelona, en el procedimiento abreviado núm. 324-2010, en relación con los apartados 2 y 3 del artículo 132 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común por posible vulneración de los artículos 9 Vínculo a legislación y 103 Vínculo a legislación de la CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 Vínculo a legislación c) LOTC deferir a la Sala Primera, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 Vínculo a legislación LOTC, quienes sean parte en el procedimiento abreviado número 324-2010, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial del Estado”.

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