Diario del Derecho. Edición de 09/05/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 08/03/2012
 
 

Auto de 20 de diciembre de 2011, sobre la Orden por la que se revisan los peajes de acceso, precios de peajes y actualización de tarifas de instalaciones de régimen especial

08/03/2012
Compartir: 

Auto de 20 de diciembre de 2011, dictado por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por el que se suspende la eficacia del artículo 1, apartado 2 Vínculo a legislación, de la Orden ITC/2585/2011, de 29 de septiembre, por la que se revisan los peajes de acceso, se establecen los precios de los peajes de acceso supervalle y se actualizan determinadas tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial, a partir de 1 de octubre de 2011 (BOE de 8 de marzo de 2012). Texto completo.

AUTO DE 20 DE DICIEMBRE DE 2011, DICTADO POR LA SALA TERCERA DEL TRIBUNAL SUPREMO, POR EL QUE SE SUSPENDE LA EFICACIA DEL ARTÍCULO 1, APARTADO 2, DE LA ORDEN ITC/2585/2011, DE 29 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE REVISAN LOS PEAJES DE ACCESO, SE ESTABLECEN LOS PRECIOS DE LOS PEAJES DE ACCESO SUPERVALLE Y SE ACTUALIZAN DETERMINADAS TARIFAS Y PRIMAS DE LAS INSTALACIONES DEL RÉGIMEN ESPECIAL, A PARTIR DE 1 DE OCTUBRE DE 2011

En la pieza de medidas cautelares del recurso contencioso-administrativo número 765/2011, interpuesto por “Iberdrola, S.A.” la Sala Tercera (Sección Tercera) ha dictado auto de 20 de diciembre de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

La Sala acuerda:

Primero.

Suspender la eficacia del artículo 1, apartado 2 Vínculo a legislación, de la Orden ITC/2585/2011, de 29 de septiembre (por la que se revisan los peajes de acceso, se establecen los precios de los peajes de acceso supervalle y se actualizan determinadas tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial, a partir de 1 de octubre de 2011), en la medida que dispone, por referencia al primer apartado de su anexo I, la reducción de los “términos de facturación de energía activa” aplicable a los peajes 2.OA y 2.ODHA, respecto de los anteriormente fijados.

Segundo.

Rechazar el resto de las pretensiones cautelares instadas por “Iberdrola, S.A.” en este recurso.

Tercero.

No imponer a ninguna de las partes las costas del incidente cautelar.

Cuarto.

Publíquese la parte dispositiva de esta resolución en el “Boletín Oficial del Estado”.

Lo mandó la Sala y firman los Excmos. Sres. don José Manuel Sieira Míguez; don Manuel Campos Sánchez-Bordona; don Eduardo Espín Templado; don José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat; doña María Isabel Perelló Doménech.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Legislación: Estructura orgánica básica de la Consejería de Movilidad, Medio Ambiente y Gestión de Emergencias
  2. Estudios y Comentarios: Hércules Poirot señala al Gobierno y Red Eléctrica por el gran apagón; por Agustín Ruiz Robledo, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Granada
  3. Tribunal Supremo: El TS se pronuncia sobre el valor del informe emitido en un recurso administrativo, interpuesto frente a la adjudicación de una plaza, su contenido y competencia para suscribirlo
  4. Actualidad: El TS rechaza investigar a Pedro Sánchez por usar a la Abogacía del Estado para querellarse contra el juez Peinado
  5. Estudios y Comentarios: La misión de León XIV; por Rafael Navarro-Valls, catedrático y presidente de la Unión Internacional de Academias Jurídicas Iberoamericanas
  6. Actualidad: El Supremo da la razón a Triodos Bank al no apreciar déficit informativo en la comercialización de sus CDA
  7. Tribunal Supremo: Los trabajadores que realizan su actividad a través del sistema de teletrabajo no están obligados a aportar a la empresa su correo electrónico personal
  8. Actualidad: El Tribunal Supremo archiva de forma definitiva la querella por genocidio contra varios dirigentes del Frente Polisario
  9. Tribunal Supremo: La movilidad geográfica decidida por la empresa no es una de las causas de extinción del contrato de trabajo contenidas en el art. 207.1 d) de la LGSS, en la redacción anterior a la Ley 21/2021, para poder acceder a la jubilación anticipada
  10. Actualidad: La AN condena a los líderes de Gürtel y al exalcalde de Arganda por las adjudicaciones irregulares en la localidad

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana