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El TS archiva denuncia de vecinos de Villanueva de Gállego (Zaragoza) contra Pajín por un presunto delito prevaricación

07/03/2012
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El Tribunal Supremo (TS) ha archivado una denuncia presentada por varios vecinos de Villanueva de Gállego contra la exministra de Sanidad, Leire Pajín, y la diputada por Zaragoza en el Congreso, Pilar Alegría, a las que se acusaba de un presunto delito de prevaricación y falsificación documental para favorecer una operación urbanística en dicho municipio zaragozano.

ZARAGOZA, 6 (EUROPA PRESS)

Como integrantes de la Comisión Ejecutiva Federal del PSOE, a ambas aforadas se les acusaba en la denuncia de haber querido perjudicar a los componentes de la Agrupación Local del PSOE de Villanueva de Gállego, que se oponían a la operación urbanística de 'La Sarda'. También desde la Comisión Nacional del PSOE se habrían "dictado deliberadamente dos resoluciones" que los denunciantes calificaron como falsas.

La primera, con fecha 9 de marzo de 2010, acordaba "la suspensión de la actividad orgánica" de la Agrupación Local del PSOE de Villanueva de Gállego, de conformidad con el artículo 70 de la normativa reguladora de la Estructura y Funcionamiento del Partido Socialista.

En la resolución se motivaba el fallo por la "indisciplina" de la Comisión Ejecutiva Municipal, así como por la "indiferencia" respecto de la aplicación y seguimiento de las directrices e instrucciones de los órganos superiores del partido y por la "actitud de enfrentamiento" dentro de la Agrupación Municipal. En esta misma resolución se decía que el plazo de 15 días se nombraría una comisión gestora.

La segunda resolución, de fecha 12 de marzo de 2010, acordaba designar la Comisión Gestora para la Agrupación de Villanueva.

El auto del Supremo recoge entre sus razonamientos jurídicos que sobre el contenido de la denuncia "no se aporta el mas elemental principio de prueba" y añade que se presume que las resoluciones, "que no consta fueran recurridas en vía interna, ni ante la

jurisdicción contenciosa, obedecen al propósito espúreo de represaliar a los denunciantes de la operación urbanística, pero las resoluciones se dictan por el órgano competente aplicando los Estatutos Federales del Partido y la Normativa de Estructura y Funcionamiento".

Por otro lado, "no existe prueba alguna que sostenga la falsedad y ni siquiera se expresa en que tipo del artículo 390.1 del Código Penal se incardinaría". Agrega que "parece sugerirse que se habían simulado documentos de manera que indujesen a error sobre su autenticidad, pues las reuniones no habrían existido, los miembros de la Comisión no habrían comparecido a las mismas y los acuerdos se habrían adoptado a posteriori por desconocidos autores".

No obstante, se precisa que "ninguno de los miembros de la Comisión ha denunciado la suplantación de su persona o la manipulación de su voto en las resoluciones dictadas, que aparecen firmadas por la Secretaria de Organización de la Comisión Ejecutiva".

Para el Supremo estos hechos "no revisten 'prima facie' caracteres delictivos. Se trata, en definitiva, de unas resoluciones, respecto de las cuales es preciso decir que los interesados --agotada la vía administrativa-- disponían, para hacer valer sus pretendidos derechos, de los oportunos cauces procesales de la jurisdicción contencioso administrativa, con objeto de instar las pertinentes resoluciones judiciales; pero sin acudir directamente, como se ha hecho aquí, a la vía penal.

Concluye el auto al apuntar que "los hechos denunciados, por todo lo dicho, no revisten fundadamento, ni siquiera indiciariamente como sería preciso para la incoación de una causa penal, los caracteres típicos de ninguna de las infracciones penales que se imputan a las denunciadas aforadas" por lo que "procede, en consecuencia, acordar el archivo de estas actuaciones" y alude al artículo 269 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

'LA SARDA'

La denuncia fue presentada el 16 de mayo de 2011 por Manuela Ferreira Gómez y otros vecinos de Villanueva de Gállego, contra la entonces ministra de Sanidad y senadora, Leire Pajín; la diputada en el Congreso, Pilar Alegría, el secretario de Organización Federal del PSOE, Marcelino Iglesias; el presidente de la Diputación de Zaragoza, Javier Lambán; y el alcalde de Villanueva de Gállego, José Manuel Garisa. El Supremo solo se pronuncia en su auto sobre las dos primeras al ser aforadas.

En síntesis, en la denuncia relatan una supuesta trama de corrupción urbanística en el municipio zaragozano de Villanueva de Gállego tras la aprobación de operaciones urbanísticas para la construcción de 1.980 chalets y campos de golf, en la zona de 'La Sarda'.

El origen de la supuesta trama especulativa se remonta al 2001 cuando era alcalde Marcelino Artieda (PSOE), quien se opuso entonces "por sus altos costes para el Ayuntamiento y su profundo impacto medioambiental en una localidad de apenas 5.000 habitantes" a la aprobación de la operación urbanística de construcción de 1.000 chalets promovida por Buesa, a través de su filial Inurasa, que "se dice fue apoyada por Marcelino Iglesias", como presidente de Aragón.

Al parecer, y siempre según la denuncia interpuesta por los vecinos de Villanueva de Gállego, Inurasa "descontenta por la cancelación del proyecto, captando la voluntad de los concejales del Ayuntamiento, consiguió que éstos promovieran una moción de censura, que tuvo lugar el 31 de diciembre de 2001 y de la que salió elegido alcalde del municipio el tránsfuga del PSOE, José Manuel Garisa, que repitió luego dos legislaturas constituyendo una candidatura independiente".

Según la denuncia, tras el triunfo de la moción de censura y el mantenimiento del nuevo alcalde en las elecciones de 2003 se iniciaron los trámites para la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Villanueva de Gállego, aprobándose el polémico proyecto de construcción de 1.980 chalets y campo de golf en el sector denominado "La Sarda".

También recoge la denuncia que como el anterior director general de la Vivienda del Gobierno de Aragón se opusiera a la aprobación del proyecto, fue cesado y sustituido por Julio César Tejedor, "asesor urbanístico de Marcelino Iglesias y hombre fuerte del Gobierno autonómico".

Coincidiendo con este cambio se aprobó la operación urbanística consistente en la recalificación de 220 hectáreas de suelo rústico de regadío, que pasaron a ser de suelo urbano residencial, con una edificabilidad de 400.000 metros cuadrados y se acordó la firma de un polémico convenio entre el Ayuntamiento y la promotora Inurasa, que más tarde incumpliría en perjuicio del municipio.

Para los denunciantes, tales hechos integrarían los delitos de malversación de caudales públicos, prevaricación, tráfico de influencias, delitos contra la ordenación del territorio y delito de blanqueo de capitales, determinando dichos delitos la competencia de la Audiencia Nacional por afectar a una generalidad de personas y extender su repercusión al territorio de más de una Audiencia.

El auto concluye al señalar que según ha informado el Ministerio Fiscal esta misma denuncia ha sido presentada ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, "con el propósito de que este órgano la derive al Juzgado Central de Instrucción para el enjuiciamiento de alguno de los delitos denunciados".

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