Diario del Derecho. Edición de 23/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 30/01/2012
 
 

Comunicación de premios de apuestas superiores a 3.000 euros

30/01/2012
Compartir: 

Orden Foral 3/2012, de 16 de enero, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo J-60, Comunicación de premios de apuestas superiores a 3.000 euros. (BON de 27 de enero de 2012) Texto completo.

ORDEN FORAL 3/2012, DE 16 DE ENERO, DEL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO J-60, COMUNICACIÓN DE PREMIOS DE APUESTAS SUPERIORES A 3.000 EUROS.

Preámbulo

El Reglamento de Apuestas de Navarra, aprobado mediante Decreto Foral 16/2011, de 21 de marzo Vínculo a legislación de 2011, dispone en su articulo 34 apartado 4.º que las empresas autorizadas comunicarán mensualmente al órgano competente de la Hacienda Tributaria de la Comunidad Foral de Navarra la relación de premios abonados cuyo importe sea superior a 3.000 euros.

El modelo J-60, deberá presentarse obligatoriamente por vía telemática, a través de Internet, cumplimentando el formulario que figura en el apartado correspondiente de la página web de la Hacienda Tributaria de Navarra, de conformidad con las condiciones generales y el procedimiento que se indican en esta Orden Foral.

El apartado 1 del artículo 6 Vínculo a legislación de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria, dispone que el Consejero de Economía y Hacienda ejercerá la potestad reglamentaria en materia tributaria en ejecución y aplicación de normas legales y reglamentarias.

En consecuencia, y de conformidad con la atribución contenida en el artículo 6 Vínculo a legislación de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria,

ORDENO:

Artículo 1. Aprobación del modelo J-60, Comunicación de premios de apuestas superiores a 3.000 euros.

Se aprueba el modelo J-60, Comunicación de premios de apuestas superiores a 3.000 euros, que deberá presentarse obligatoriamente por vía telemática, a través de Internet.

Artículo 2. Obligados a presentar el modelo J-60.

Están obligados a presentar el modelo J-60 las personas físicas o jurídicas o entidades titulares de autorizaciones administrativas para la práctica de juegos mediante apuestas. En defecto de autorización administrativa, están obligadas a presentar el modelo J-60 las personas físicas o jurídicas o entidades cuyas actividades incluyan la celebración u organización de actividades de juego mediante apuestas.

Artículo 3. Plazo de presentación.

La presentación del modelo J-60 se deberá efectuar mensualmente, durante los veinte primeros días naturales siguientes a la conclusión de cada mes natural que se declare.

Artículo 4. Condiciones generales para la presentación telemática por Internet del modelo J-60.

1. La presentación telemática del modelo J-60 estará sujeta a las siguientes condiciones:

a) El declarante deberá disponer de Número de Identificación Fiscal (NIF).

b) El declarante deberá disponer de un certificado electrónico reconocido por la Hacienda Tributaria de Navarra, en los términos establecidos en el Decreto Foral 50/2006, de 17 de julio Vínculo a legislación, por el que se regula el uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos (EIT) en el ámbito de la Hacienda Tributaria de Navarra.

Los prestadores de servicios de certificación y los certificados electrónicos autorizados se encuentran relacionados en el apartado correspondiente, al que se accede a través de la dirección de Internet http://www.hacienda.navarra.es.

c) Si el presentador es una persona o entidad autorizada para presentar declaraciones en representación de terceras personas, de conformidad con lo dispuesto en la Orden Foral 130/2009, de 29 de junio Vínculo a legislación, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el Acuerdo de colaboración externa para realizar en representación de terceras personas la presentación por vía telemática de declaraciones, comunicaciones y otros documentos tributarios y la tramitación telemática del pago de deudas tributarias, deberá disponer del certificado electrónico reconocido por la Hacienda Tributaria de Navarra, al que se refiere la letra b) anterior.

d) Para efectuar la presentación telemática del modelo J-60 el declarante o, en su caso, el presentador autorizado, deberán utilizar el formulario web disponible en el portal de Navarra.

e) Los declarantes deberán tener en cuenta las normas técnicas que se requieren para poder efectuar la citada presentación telemática y que se encuentran publicadas en la página web de la Hacienda Tributaria de Navarra, en la dirección de Internet http://www.hacienda.navarra.es.

2. En aquellos casos en que se detecten anomalías de tipo formal en la transmisión telemática de declaraciones, dicha circunstancia se pondrá en conocimiento del declarante por el propio sistema mediante los correspondientes mensajes de error para que proceda a su subsanación.

Artículo 5. Procedimiento para la presentación telemática por Internet del modelo J-60.

El procedimiento para la presentación telemática por Internet de las declaraciones será el siguiente:

1.º Acceder al servicio de trámites con Hacienda, desde el Portal de Navarra.

2.º Seleccionar el modelo de la declaración a realizar, cumplimentando todos los datos necesarios para poder presentar la declaración.

3.º Enviar la declaración. Una vez cumplimentada la declaración, utilizar la opción de enviar, y el sistema validará la declaración.

Disposición final única.-Entrada en vigor.

Esta Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, y será aplicable por primera vez a las declaraciones correspondientes al mes enero de 2012.

Noticias Relacionadas

  • Reglamento de apuestas
    Decreto 162/2012, de 7 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de apuestas de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG de 3 de agosto de 2012). Texto completo. 06/08/2012
  • Premios “Rosa Regás”
    Orden de 24 de enero de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión en régimen de concurrencia competitiva de los premios “Rosa Regás” a materiales curriculares que destaquen por su valor coeducativo y se efectúa la convocatoria de su VI edición correspondiente al curso 2011-2012 (BOJA de 13 de febrero de 2012). Texto completo. 14/02/2012
  • X Premio de Investigación del CES de Andalucía
    Resolución de 27 de enero de 2012, del Consejo Económico y Social de Andalucía, por la que se convoca el “X Premio de Investigación del CES de Andalucía” y se hace pública la composición del jurado del mismo (BOJA de 13 de febrero de 2012). Texto completo. 14/02/2012
  • Premios Andalucía de Investigación
    Resolución de 20 de enero de 2012, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se convoca los Premios Andalucía de Investigación en sus distintas modalidades. (BOJA de 3 de febrero de 2012) Texto completo. 06/02/2012
  • Premios Extraordinarios de Bachillerato
    Orden de 20 de diciembre de 2011, por la que se crean los Premios Extraordinarios de Bachillerato, reconocidos por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. (BOC de 17 de enero de 2012) Texto completo. 18/01/2012
  • Adjudicación de los Premios 2011 para tesis doctorales
    Resolución de 30 de noviembre de 2011, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se publica la adjudicación de los Premios 2011 para tesis doctorales (BOE de 16 de diciembre de 2011) Texto completo. 16/12/2011
  • Murcia se alza con dos galardones en los Premios a las Buenas Prácticas que otorga el TSJ
    La prácticas 'La atención a los interesados en las subastas judiciales electrónicas en el Servicio Común Procesal de Ejecución de Murcia' y 'La Red de Información Judicial para la Modernización de las OJ en Murcia' han recibido dos Premios a las Buenas Prácticas que otorga el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), según han informado fuentes judiciales en un comunicado. 10/10/2011
  • Premio para el alumnado con mejores cualidades interpretativas
    Resolución 285/2011, de 18 de julio, del Director General de Formación Profesional y Universidades, por la que se convoca el Premio para el alumnado con mejores cualidades interpretativas, correspondiente al curso académico 2010/2011, en la modalidad de las enseñanzas superiores de música.(BON de 2 de agosto de 2011) Texto completo. 03/08/2011
  • Premio para el alumnado con mejores cualidades musicales
    Resolución 286/2011, de 18 de julio, del Director General de Formación Profesional y Universidades, por la que se convoca el Premio para el alumnado con mejores cualidades musicales, correspondiente al curso académico 2010/2011, en la modalidad de las enseñanzas profesionales de música. (BON de 2 de agosto de 2011)Texto completo. 03/08/2011
  • Premios Extraordinarios en las enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño
    Orden de 31 de mayo de 2011, por la que se convocan los Premios Extraordinarios en las enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño correspondientes al curso académico 2010/2011 (BOJA de 16 de junio de 2011). Texto completo. 17/06/2011

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana