Diario del Derecho. Edición de 07/11/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 19/12/2011
 
 

Prevaricación

Condenan a la exalcaldesa de Munera (Albacete) a siete años de inhabilitación por prevaricación

19/12/2011
Compartir: 

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Albacete ha condenado a la exalcaldesa socialista de Munera, Lourdes Varea, a la pena de siete años de inhabilitación especial para empleo y cargo público y al pago de la décima parte de las costas procesales causadas por un delito de prevaricación.

ALBACETE, 16 (EUROPA PRESS)

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, queda probado que Lourdes Varea, alcaldesa de Munera durante 16 años, dictó resolución por la que se adjudicó una obra de electricidad y alumbrado por importe de 119.829,12 euros, a pesar de que durante la tramitación del expediente, "la secretaria e interventora de la Corporación le informó de que dicha resolución, entre otras ilegalidades, era consecuencia de un procedimiento de adjudicación no abierto, sino negociado sin publicidad".

Además, añade la sentencia, se contrató esta obra "sin motivación o justificación ninguna que amparase dicho modo de proceder salvo la imposición de su propia voluntad frente a lo previsto en las normas legales".

La sentencia reseña que "no es en absoluto creíble que la acusada ignorara los informes porque los firmara sin leer, sobre todo, cuando los propios funcionarios expresan que siempre la informaban de lo que firmaba".

Sobre otras adjudicaciones, como la de las obras de la piscina municipal y la cimentación de una vivienda tutelada, "no consta que fueran emitidas por la acusada, pues meses antes había estado de baja por maternidad".

A la excaldesa también se le imputaba un delito de falsedad documental, pero éste "no se aprecia" según la sentencia.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: La nulidad de pleno derecho del acto administrativo no afecta a su eficacia y ejecutividad, por lo que el particular afectado por el acto nulo debe reaccionar frente al mismo si no quiere soportar sus efectos
  2. Estudios y Comentarios: La amnistía y el Tribunal Constitucional (I); por Ramón Trillo, expresidente de Sala del Tribunal Supremo
  3. Actualidad: El TEDH descarta que el Tribunal Supremo vulnerara los derechos de Turull, Junqueras y Sànchez
  4. Estudios y Comentarios: La explotación política de la inmigración; por Gonzalo Quintero Olivares, catedrático de Derecho Penal y abogado
  5. Actualidad: La Audiencia Nacional acuerda investigar los pagos en metálico del PSOE a Ábalos y Koldo García
  6. Tribunal Supremo: El éxito de la acción de desahucio por precario entre coherederos no queda impedido por la circunstancia de que el demandado, poseedor en exclusiva, sea titular de la cuota mayoritaria en la comunidad hereditaria
  7. Actualidad: El TS resolverá si los padres pueden pelear en los tribunales la concesión de la eutanasia a un hijo mayor de edad
  8. Tribunal Supremo: Para beneficiarse de la reducción del 99% en el Impuesto sobre Sucesiones por transmisión de participaciones de una empresa familiar, basta con disponer de un local afecto a una actividad y contar con un trabajador contratado a jornada completa
  9. Legislación: Medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico
  10. Actualidad: El TS inadmite el recurso de la exabadesa por no inscribir los monasterios de Derio y Belorado como asociaciones civiles

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana