ORDEN FORAL 64/2011, DE 10 DE AGOSTO, DE LA CONSEJERA DE SALUD, POR LA QUE SE DEJAN SIN EFECTO LA ORDEN FORAL 29/2011, DE 9 DE MARZO, DE LA CONSEJERA DE SALUD, POR LAS QUE SE UNIFICAN LAS ACTIVIDADES DE HEMATOLOGÍA Y HEMOTERAPIA DEL COMPLEJO HOSPITALARIO DE NAVARRA
Preámbulo
Mediante la Orden Foral 29/2011, de 9 de marzo , de la Consejera de Salud se unifican los Servicios y actividades de Hematología y Hemoterapia del Complejo Hospitalario de Navarra. Por Orden Foral 48/2011, de 14 de junio, de la Consejera de Salud, se rectificaron errores existentes en la Orden Foral 29/2011 , en el sentido de aclarar que la unificación era de actividades y no de servicios.
El Decreto Foral 19/2010, de 12 de abril , por el que se crea el Complejo Hospitalario de Navarra, establece en la disposición adicional quinta que "la unificación de servicio y secciones médicas y su integración en Áreas y Unidades Clínicas se efectuará de forma progresiva y de forma participativa previa creación, mediante resolución del Gerente del Complejo Hospitalario de Navarra, de Grupos Técnicos de Trabajo representativos del respectivo ámbito".
Dado que el proceso de unificación de estos servicios debe de partir del propio Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y hay intención de iniciar la formación de los Grupos Técnicos de Trabajo, en aras a una mayor claridad y seguridad jurídica se deja sin efecto la Ordenes Forales 29/2011 de la Consejera de Salud, solicitando al Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea que promueva cuantas actuaciones sean necesarias para llevar a cabo, en su caso, la unificación de los servicios de Hematología y Hemoterapia del Complejo Hospitalario de Navarra.
En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 41 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente,
ORDENO:
Artículo único. Dejar sin efecto la Orden Foral 29/2011, de 9 de marzo , de la Consejera de Salud, por la que se unifican las actividades de Hematología y Hemoterapia del Complejo Hospitalario de Navarra.
Disposición adicional única.-Solicitar al Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea que realice las actuaciones necesarias para iniciar el procedimiento para la unificación, en su caso, de los Servicios de Hematología y Hemoterapia y de Neurología del Complejo Hospitalario de Navarra.
Disposición final única.-Entrada en vigor.
La presente Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.