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Subvenciones

Subvenciones para el año 2011 destinadas a las entidades vecinales y cívicas de los barrios de viviendas públicas gestionadas o tuteladas por la Agencia de la Vivienda de Cataluña

12/08/2011
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Resolución TES/1964/2011, de 29 de julio, por la que se hace pública la convocatoria de subvenciones para el año 2011 destinada a las entidades vecinales y cívicas de los barrios de viviendas públicas gestionadas o tuteladas por la Agencia de la Vivienda de Cataluña, y se aprueban las bases reguladoras. (DOGC de 11 de agosto de 2011). Texto completo.

RESOLUCIÓN TES/1964/2011, DE 29 DE JULIO, POR LA QUE SE HACE PÚBLICA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL AÑO 2011 DESTINADA A LAS ENTIDADES VECINALES Y CÍVICAS DE LOS BARRIOS DE VIVIENDAS PÚBLICAS GESTIONADAS O TUTELADAS POR LA AGENCIA DE LA VIVIENDA DE CATALUÑA, Y SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS

Preámbulo

El Decreto 200/2010, de 27 de diciembre Vínculo a legislación, de creación, denominación y determinación del ámbito de competencia de los departamentos de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y el Decreto 342/2011, de 17 de mayo Vínculo a legislación, de reestructuración del Departamento de Territorio y Sostenibilidad, y en concreto el artículo 1.2.j), disponen que la Agencia de la Vivienda de Cataluña se relaciona con la Generalidad de Cataluña mediante la Secretaría de Vivienda y Mejora Urbana del Departamento de Territorio y Sostenibilidad.

El artículo 90 Vínculo a legislación del capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, somete la concesión de subvenciones a los principios de publicidad, concurrencia y objetividad.

La Ley 13/2009, de 27 de julio, de la Agencia de la Vivienda de Cataluña, y el Decreto 157/2010, de 2 de noviembre Vínculo a legislación, mediante el cual se aprueban los Estatutos de la Agencia de la Vivienda de Cataluña, regulan los órganos rectores de la entidad y las facultades de su presidente.

La disposición transitoria segunda de la Ley 13/2009, de 22 de julio Vínculo a legislación, dispone que la Agencia de la Vivienda de Cataluña ha asumido las funciones que, en el momento de la entrada en vigor de esta ley, llevaba a cabo la empresa Administración, Promoción y Gestión, SA (ADIGSA). Entre estas funciones, hay que destacar el desarrollo de proyectos y programas de actuación en los barrios de viviendas de promoción pública.

El artículo 1 del Anexo que recoge los Estatutos de la Agencia de la Vivienda de Cataluña, aprobados por el Decreto 157/2010, de 2 de noviembre Vínculo a legislación, dispone que corresponde al presidente o presidenta de la Agencia la aprobación de las bases de convocatorias y de las convocatorias de subvenciones y prestaciones previstas en los planes para el derecho a la vivienda e instrumentos análogos, en los términos que le encomiende el titular del departamento competente en la materia y de acuerdo con las directrices que, si procede, se establezcan.

Por Resolución, de fecha 31 de mayo de 2011, el consejero de Territorio y Sostenibilidad ha encomendado al presidente de la Agencia de la Vivienda de Cataluña la aprobación de las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones para el año 2011, para entidades vecinales de los barrios de viviendas públicas transferidas, gestionadas o tuteladas por la Agencia de la Vivienda de Cataluña.

Con objeto de lograr una mayor eficacia y eficiencia en la tramitación del procedimiento de estas subvenciones y con la voluntad de garantizar la continuidad de las actuaciones de las entidades vecinales en los barrios de viviendas públicas, se ha considerado oportuno aprobar estas bases reguladoras, que regirán el procedimiento de otorgamiento de las subvenciones destinadas a fomentar los proyectos sociales de vivienda y los programas de actividades cívicas que promueven las entidades vecinales para fomentar la cohesión social, el tejido asociativo y el civismo del parque de viviendas de promoción pública transferido y gestionado por la Agencia de la Vivienda de Cataluña, y para la adecuación de las dependencias de estas entidades.

Por todo ello, a propuesta del director de la Agencia de la Vivienda de Cataluña,

Resuelvo:

1. Hacer pública la convocatoria de una línea de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigida a las entidades vecinales y cívicas que desarrollan actividades en el parque de viviendas de promoción pública transferido y gestionado por la Agencia de la Vivienda de Cataluña, para llevar a cabo proyectos sociales y programas de actividades cívicas u otros, que tengan por finalidad fomentar la cohesión social, el tejido asociativo y el civismo, y la adecuación de las dependencias de estas entidades, para el año 2011.

2. Aprobar las bases que rigen esta convocatoria, las cuales figuran en el anexo.

3. La dotación máxima inicial de esta línea de subvenciones es de 460.000 euros, con cargo a la partida D/480000100/431 del presupuesto de 2011. El crédito inicial disponible se podrá modificar de acuerdo con la normativa vigente.

4. El plazo de presentación de solicitudes y de la documentación necesaria quedará abierto a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya hasta el 20 de septiembre de 2011, ambos incluidos.

En conformidad con el artículo 11 Vínculo a legislación de la Ley 13/2009, del 22 de julio, de la Agencia de la Vivienda de Cataluña, contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición, en los términos establecidos en la legislación sobre el régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente recurso contencioso administrativo, en los términos establecidos en la legislación reguladora de esta jurisdicción.

ANEXOS

Omitidos

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