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La juez del caso ERE pide a la Junta tres acuerdos del Consejo no publicados en el BOJA "salvo error"

21/07/2011
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La titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, Mercedes Alaya, que investiga la supuesta "trama" de prejubilaciones fraudulentas descubierta en expedientes de regulación de empleo (ERE) tramitados por la Junta de Andalucía, ha solicitado a la Administración autonómica que aporte las certificaciones de tres acuerdos del Consejo de Gobierno que, "salvo error", no han sido publicados en el Boletín Oficial de la Junta (BOJA).

En un auto dictado el pasado día 15 de julio, al que ha tenido acceso Europa Press, la juez Alaya se refiere en primer lugar a la modificación presupuestaria de 11.473.503,42 euros relativa entre otros al programa 31L de la Consejería de Empleo, y requiere a la Junta para que, en tanto se sustancia el conflicto de jurisdicción planteado ante el Tribunal Supremo, aporte la certificación del acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de noviembre de 2007, en tanto que el mismo, "salvo error, no consta publicado en el BOJA, debiendo igualmente verificarse este extremo".

De igual modo, la instructora se refiere a un segundo acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno en la misma fecha en relación al 'Plan para la mejora de la competitividad y el desarrollo de la Bahía de Cádiz', ya que, "salvo error, tampoco ha sido publicado en el BOJA". En tercer lugar, hace alusión a la Orden de 27 de abril de 2010 "dictado por el consejero de Empleo, por la que se formaliza acuerdo de encomienda con la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) para la materialización referente a los programas sociolaborales y las ayudas excepcionales dependientes de los mismos".

Así, explica que este acuerdo de encomienda "sustituyó el antiguo acuerdo marco de 17 de julio de 2001", que establece que "la encomienda de gestión a agencias pertenecientes o dependientes de otra Consejería será autorizada por el Consejo de Gobierno", y argumenta que "dado que IDEA depende de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, y no de la Consejería de Empleo, y no constando publicado salvo error el acuerdo del Consejo de Gobierno que avale dicho acuerdo de encomienda, procede reclamar la certificación de dicho acuerdo del Consejo, y se justifique la ausencia de publicación en su caso".

En el auto, la juez Alaya se refiere también al caso del que fuera secretario de Política Municipal de la Agrupación socialista de Camas, José Antonio García Prieto, imputado en esta causa y beneficiario de una póliza de seguro de rentas supuestamente ilegal, y pide a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que "investigue la operación relativa al local del PSOE en la localidad de Camas y cedido por García Prieto, así como la concesión de préstamos personales para la presunta financiación de campañas electorales".

De igual modo, requiere al Instituto Armado a fin de que investigue "ampliamente" la interrelación entre Vitalia Vida, Fortia y Apra Leven, "su composición, sus modos de actuación, la descapitalización de Fortia a través de Apra Leven, la relación de la Junta, Consejería de Empleo, con las mencionadas aseguradoras, el conocimiento por sus responsables de las ilícitas prestaciones otorgadas por la Junta y cómo ésta contrata con Fortia y Apra Leven sin comprobar la ausencia de solvencia económica y sin cumplir con el principio de concurrencia".

"ILÍCITA UTILIZACIÓN DE FONDOS PÚBLICOS"

Igualmente, pide investigar "la composición, modos de actuación y relación con la Consejería de Empleo, de Uniter y sus empresas asociadas", todo ello "al ser mediadora de las pólizas de mayor importancia económica", así como "el conocimiento que estas entidades pudieran tener sobre la ilícita utilización de fondos públicos que es objeto de investigación, completándose dicha información con el análisis de las constantes actuaciones de los despachos de abogados Estudios Jurídicos Villasís y Garrigues, referidos en los expedientes incorporados a las actuaciones".

De otro lado, la juez insta a la Guardia Civil a investigar "la intervención de los sindicatos en los procesos de negociación colectiva objeto de instrucción, así como los beneficios que en su caso pudieran haber obtenido éstos y el resto de los agentes intervinientes citados en los referidos procesos, completando la información requerida con los informes económicos y patrimoniales correspondientes". Fuente: Europa Press

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