Los puestos de libre designación recurridos estaban destinados a los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, al Plan Andaluz de Actuaciones de Menores Infractores y al Centro de Menores Infractores de San Francisco de Asís.
La Junta recurrió en casación una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que anulaba los puestos "a dedo", todos ellos del Grupo A y niveles entre 26 y 28, reflejados en la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Justicia y Administración Pública, actual Consejería de Gobernación y Justicia.
La Sala recuerda "el carácter excepcional que la Ley asigna a este sistema de libre designación y la necesidad de que, cuando se considere necesario acudir a él, se haga también excepcionalmente, y justificando, caso por caso, por qué debe utilizarse".