Diario del Derecho. Edición de 26/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 01/04/2011
 
 

El Pleno del Congreso envía al Senado el Proyecto de Ley Orgánica para modificar la actual Ley de represión del contrabando

01/04/2011
Compartir: 

El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves, 31 de marzo, el dictamen de la comisión del Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 12/1995, de 12 de diciembre, de represión del contrabando. El texto ha salido adelante con 322 votos a favor, 1en contra y 3 abstenciones. En la votación de conjunto, por tratarse una ley orgánica, ha habido 325 votos a favor y 2 abstenciones.

Este proyecto de ley pasa a continuar su tramitación en el Senado, tras la votación en Pleno en el Congreso, en el que se rechazaron todas las enmiendas defendidas por los grupos parlamentarios Mixto y Popular.

Los cambios políticos, económicos y sociales que se han producido en el mundo en los últimos años del siglo pasado y los primeros del presente han conducido a un replanteamiento del peso específico de cada una de las misiones que corresponden a las Aduanas en el control del comercio exterior. Así, el Reglamento (CE) n.º 450/2008, de 23 de abril, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece el código aduanero comunitario (código aduanero modernizado), recoge de forma expresa misiones como la protección frente al comercio desleal o ilegal, o la seguridad y protección de la Unión Europea o sus ciudadanos, o la protección del medio ambiente. Misiones cuya finalidad es la protección de bienes jurídicos distintos del que es propio de la Hacienda Pública: la recaudación tributaria.

Además, este último en relación con los derechos de importación, en el marco de nuestro derecho penal, se ha reconducido con la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, a la figura del Delito contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, otorgando a la Hacienda Pública de la Unión Europea la misma protección que a la nacional, en aplicación del Convenio relativo a la Protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas, de 26 de julio de 1995. Ambos factores exigen una revisión de la actual ley de represión del contrabando.

La modificación que se lleva a cabo tiene como objetivo adaptar la tipificación del delito que se cometa en el comercio fraudulento de determinadas armas, productos, agentes, materiales o tecnologías a su actual regulación en nuestro Derecho y a los compromisos internacionales asumidos por el Reino de España.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana