Diario del Derecho. Edición de 30/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 30/03/2011
 
 

Ordenación y el currículo del Bachillerato

30/03/2011
Compartir: 

Decreto 26/2011, de 16 de marzo, de primera modificación del Decreto 75/2008, de 6 de agosto, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato (DOCV de 29 de marzo de 2011). Texto completo.

DECRETO 26/2011, DE 16 DE MARZO, DE PRIMERA MODIFICACIÓN DEL DECRETO 75/2008, DE 6 DE AGOSTO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORDENACIÓN Y EL CURRÍCULO DEL BACHILLERATO.

El Decreto 75/2008, de 6 de agosto, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato regula en su artículo 15 la promoción de curso del alumnado de Bachillerato y prevé la organización de pruebas extraordinarias para la recuperación de las materias no superadas.

Como consecuencia de la nueva organización de las enseñanzas universitarias de Grado y del nuevo calendario para la celebración de las Pruebas de Acceso a la Universidad a partir del año 2011, es necesario adelantar la celebración de las pruebas extraordinarias del segundo curso de Bachillerato que, en todo caso, habrá de tener lugar con anterioridad a la convocatoria extraordinaria de la Prueba de Acceso a la Universidad.

Asimismo, mediante Sentencia del Tribunal Supremo de 2 de marzo de 2009, se declaró nulo y sin efecto el apartado segundo del artículo 14 Vínculo a legislación del Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del Bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas, relativo a la permanencia de un año más en el primer curso de Bachillerato, resultando, por tanto, afectado en el mismo sentido lo establecido en la letra b) del apartado 1 del artículo 16.

El Consejo Escolar del Principado ha emitido informe preceptivo favorable.

Por todo lo anterior, procede modificar el Decreto 75/2008, de 6 de agosto, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato en el Principado de Asturias.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación y Ciencia, de acuerdo con el dictamen del Consejo Consultivo y previo acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno en su reunión de 16 de marzo de 2011,

DISPONGO

Artículo único.-Modificación del apartado 4 del artículo 15 y supresión de la letra b) del apartado 1 del artículo 16 del Decreto 75/2008, de 6 de agosto, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato.

El Decreto 75/2008, de 6 de agosto, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato en el Principado de Asturias, queda modificado como sigue:

1. El apartado 4 del artículo 15 del Decreto 75/2008, de 6 de agosto, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato queda redactado del siguiente modo:

“4. Con el fin de facilitar al alumnado la recuperación de las materias no superadas en la sesión de evaluación final ordinaria, los centros docentes organizarán las oportunas pruebas extraordinarias en las fechas que determine la Consejería competente en materia de ordenación de enseñanzas.”

2. Se suprime la letra b) del artículo 16.1 del Decreto 75/2008, de 6 de agosto, por el que se establece la ordenación y el currículo del Bachillerato.

Disposición final única.-Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana