El Tribunal ha considerado que Sortu es un proyecto político de la izquierda abertzale que, pese a su legítima ideología, es heredero de la ilegal Batasuna y no se ha desvinculado de ETA, pese al intento aparentar lo contrario en los estatutos presentados en el Ministerio del Interior. En ellos, Sortu "rechaza" la "violencia" de ETA, cuyas acciones, que no califica de terroristas, no condena.
La prohibición de inscribir a Sortu como partido, decisión que puede ser recurrida ante el Tribunal Constitucional, para lo que tendrá un plazo de 30 días desde que se notifique la resolución, supone que no podrá presentar candidaturas a las elecciones locales del día 22 de mayo.