ORDEN DE 20 DE ENERO DE 2011, DEL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Y DE LA CONSEJERA DE EMPLEO Y ASUNTOS SOCIALES, POR LA QUE SE CREA LA MESA DE CONTRATACIÓN DE LA AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO.
Por Ley 5/2008 , de 19 de junio, se creó el ente público de derecho privado Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, adscrito al departamento del Gobierno Vasco competente en materia de cooperación para el desarrollo, y el artículo 13.4 de dicha Ley establece que la actividad contractual de la Agencia se ajustará a las disposiciones aplicables a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
El Decreto 136/1996 , de 5 de junio, sobre régimen de la contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, dispone en su artículo 4 que en cada Departamento y, en su caso, Organismo Autónomo, se creará una única Mesa de Contratación, mediante Orden conjunta del Consejero de Economía y Hacienda y del Consejero del Departamento correspondiente al que se encuentre adscrito el Organismo Autónomo.
Asimismo, en la Disposición Adicional Tercera del citado decreto, se establece que las disposiciones del mismo que son aplicables con carácter general a los Organismos Autónomos se extenderán, en cuanto a su aplicación, a los Entes Públicos de Derecho Privado en relación con las contrataciones que, conforme a la Ley de Contratos del Sector Público , deban someterse a la citada Ley, con excepción de las previsiones establecidas en la Disposición Adicional Octava.
Con arreglo al artículo 3 , apartado 2
, letra e) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y en atención a las funciones que le han sido encomendadas, la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo está dentro del ámbito subjetivo de dicha Ley con el carácter de Administración Pública.
En su virtud, previo informe de la Junta Asesora de la Contratación Administrativa,
DISPONEMOS:
Artículo 1.- Mesa de Contratación del ente público de derecho privado Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.
Adscrita a la Dirección del ente público de derecho privado Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, se crea la mesa de contratación del citado ente público, con el ámbito de actuación y para el ejercicio de las funciones previstos en los artículos 5 y 7
del Decreto 136/1996, de 5 de junio, sobre régimen de la contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en relación con los expedientes de dicho ente que, conforme a la Ley 30/2007
, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, deban someterse a la citada Ley.
Artículo 2.- La referida Mesa de Contratación estará compuesta por los siguientes miembros:
a) Presidencia: Responsable de Administración y Servicios de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.
b) Vocales:
- Una persona en representación del órgano de contratación designada por éste.
- Una persona Licenciada en Derecho, adscrita a la Agencia, que ejercerá las funciones de Asesoría Jurídica y Secretaría de la Mesa.
- Una persona en representación de la Oficina de Control Económico.
- Una persona en representación de la Dirección de Patrimonio y Contratación.
Artículo 3.- Conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 6.2 del Decreto 136/1996, de 5 de junio, las designaciones no efectuadas con carácter singular y las suplencias no previstas en la presente Orden, serán acordadas por el Director o la Directora de la Agencia. Dichas designaciones se efectuarán procurando la menor alternancia posible en las personas designadas y de ellas se dejará constancia en el expediente.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.