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  • EDICIÓN DE 12/08/2010
 
 

Ayudas para la financiación de proyectos y actuaciones

12/08/2010
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Orden de 1 de julio de 2010, del Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, por la que se regulan las ayudas para la financiación de proyectos y actuaciones para la investigación y desarrollo de las explotaciones subterráneas de áridos e innovación minera y se aprueban sus bases reguladoras (BOPV de 11 de agosto de 2010). Texto completo.

ORDEN DE 1 DE JULIO DE 2010, DEL CONSEJERO DE INDUSTRIA, INNOVACIÓN, COMERCIO Y TURISMO, POR LA QUE SE REGULAN LAS AYUDAS PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS Y ACTUACIONES PARA LA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE LAS EXPLOTACIONES SUBTERRÁNEAS DE ÁRIDOS E INNOVACIÓN MINERA Y SE APRUEBAN SUS BASES REGULADORAS.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 11.2 c) Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 3/1979 de 18 de diciembre, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía del País Vasco, la Comunidad Autónoma tiene competencia para el desarrollo legislativo y la ejecución dentro de su territorio de la legislación básica del Estado en la materia de régimen minero y energético.

El Decreto 514/2009, de 22 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo. establece que corresponde a la Viceconsejería de Industria y Energía la dirección y coordinación en el área de actuación de Minas. Dentro de esta área se incluyen las actuaciones del Departamento relativas a las actividades de exploración, investigación o explotación de recursos minerales, así como el control de la seguridad de las explotaciones.

La presente Orden tiene por objeto la regulación de las ayudas dirigidas a la incentivación de la investigación y desarrollo de las explotaciones subterráneas de áridos y de nuevas técnicas en el ámbito de la innovación minera, como alternativa técnica a las tradicionales explotaciones a cielo abierto, fomentando y contribuyendo, al mismo tiempo al desarrollo de explotaciones de áridos generadoras de menores impactos ambientales y, por consiguiente, más respetuosas con el medio, así como fomentar la eficiencia y la racionalidad en la explotación de los recursos mineros. Asimismo, la propia Administración puede servirse de los resultados para mejorar su gestión, por lo que este Departamento, ha estimado conveniente incentivar de este modo dicho objeto en las explotaciones mineras, convocando ayudas para la presentación de proyectos y actuaciones en dicha línea.

Las ayudas se enmarcarían dentro del Reglamento (CE) 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto Vínculo a legislación, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías), publicado en el DO, L 214 de 9.08.2008, pág. 3, concretamente las establecidas en su artículo 31 referentes a investigación y desarrollo.

Se trata por tanto de fomentar el desarrollo experimental de nuevas técnicas en el ámbito de la minería, en el marco del antedicho Reglamento de la Comisión, definido según establece el artículo 30 del mismo como la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados.

Por otro lado, la presente Orden se adapta a lo dispuesto en la Ley 4/1999 de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En su virtud, y en ejercicio de la competencia que me atribuye el Decreto 214/2009, de 22 de septiembre, de estructura orgánica y funcional del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, así como el Decreto 20/2009, de 30 de julio, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, puesto en relación con el título VI y los capítulos II y III del título VII del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre Vínculo a legislación, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco y con las demás disposiciones aplicables a las ayudas y subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, dispongo:

Artículo primero.- Regular las ayudas para la financiación de proyectos y actuaciones para la investigación y desarrollo de las explotaciones subterráneas de áridos e innovación minera y se aprueban sus bases reguladoras.

Artículo segundo.- Aprobar sus bases reguladoras, contenidas en el anexo a la presente Orden.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Industria, Innovación, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Euskadi en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el mismo diario oficial.

Segunda.- La presente Orden entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Quedan derogadas la Orden de 10 de septiembre de 2007, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regulan las ayudas para la financiación de Proyectos y actuaciones de innovación minera y se aprueban sus bases reguladoras y la Orden de 11 de julio de 2005, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el programa de ayudas destinadas a la incentivación de las explotaciones mineras subterráneas en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

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