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Plan Regional de Ámbito Sectorial de la Bioenergía de Castilla y León

27/01/2011
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Decreto 2/2011, de 20 de enero, por el que se aprueba el Plan Regional de Ámbito Sectorial de la Bioenergía de Castilla y León (BOCYL de 26 de enero de 2011). Texto completo.

El Decreto 2/2011 aprueba el Plan Regional de Ámbito Sectorial de la Bioenergía de Castilla y León.

El texto íntegro estará disponible en la sede del Ente Regional de la Energía y en la dirección electrónica www.jcyl.es.

DECRETO 2/2011, DE 20 DE ENERO, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN REGIONAL DE ÁMBITO SECTORIAL DE LA BIOENERGÍA DE CASTILLA Y LEÓN.

La Ley 10/1998 Vínculo a legislación, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, establece que la actividad autonómica en materia de ordenación del territorio, se ejercerá, entre otros instrumentos, a través de Planes Regionales de Ámbito Sectorial que tienen por objeto ordenar y regular las actividades sectoriales sobre el conjunto o parte de la Comunidad.

Además, y desde el punto de vista ambiental, el Plan se ha sometido a las prescripciones de la Ley 9/2006 Vínculo a legislación, de 28 de abril, sobre Evaluación de los efectos de determinados Planes y Programas en el Medio Ambiente.

En función de materias de competencia autonómica, son promotoras las Consejerías de Economía y Empleo, de Agricultura y Ganadería y de Medio Ambiente actuando las dos primeras a través del EREN y del ITACYL, respectivamente.

Con carácter previo al inicio de su tramitación, la primera propuesta de Documento Resumen del Plan, en junio de 2008, se comunica a la Comisión Delegada para Asuntos Económicos y a la Comisión Delegada de Política Territorial y Desarrollo Rural.

Las tramitaciones sustantiva y ambiental comienzan por la Orden EYE/1635/2009, de 27 de julio, por la que se inicia el procedimiento de aprobación del Plan Regional de Ámbito Sectorial de la Bioenergía de Castilla y León publicada en “B.O.C. y L.” n.º 147 de 4 de agosto de 2009.

En la Orden, se establece un período de información pública de 45 días, para el Plan y su Informe de Sostenibilidad Ambiental, recibiéndose un total 9 alegaciones que ya han sido valoradas conjuntamente por la Consejería de Medio Ambiente, el EREN y el Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León.

El nuevo Documento se remite a los organismos establecidos por la Ley 10/1998 Vínculo a legislación, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León para obtención de los correspondientes informes preceptivos:

- Informe favorable del Consejo de Urbanismo y Ordenación del Territorio, de 24 de marzo de 2010, con algunas precisiones.

- Informe favorable de la Federación Regional de Municipios y Provincias, de 22 de marzo de 2010, con algunas sugerencias.

- Memoria Ambiental, de 17 de junio de 2010, con valoración favorable.

El Plan de la Bioenergía de Castilla y León es el instrumento con el que la Junta de Castilla y León pretende otorgar el rango adecuado a un conjunto de medidas que contribuyan a desarrollar el aprovechamiento energético de la biomasa en Castilla y León bajo la premisa de la utilidad pública, el interés social y el alcance supramunicipal que tienen la diversificación energética, la reducción de los gases de efecto invernadero, el avance en la gestión de residuos, el empleo del gran potencial de biomasa de esta Comunidad y la búsqueda de alternativas a los cultivos tradicionales.

El Plan se estructura en los 10 capítulos y 10 anexos.

Los capítulos se refieren a las siguientes materias:

1. Introducción y justificación.

2. Contexto energético.

3. Análisis de recursos.

4. Análisis de aplicaciones.

5. Diagnóstico del sector.

6. Principios rectores y prioridades.

7. Objetivos.

8. Medidas y acciones.

9. Aspectos económicos.

10. Efectos.

Su ámbito espacial es el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, habiéndose optado por considerar a todo este territorio como la unidad de estudio. En consecuencia, el Plan presenta un análisis territorial para el conjunto de la Comunidad Autónoma, y no incluye determinaciones geográficas de carácter inferior al de Castilla y León.

Su ámbito temporal es desde su aprobación hasta el 31 de diciembre de 2020.

No obstante, y como consecuencia de tratar un sector en incipiente desarrollo y extremadamente dependiente de factores externos a la Administración de Castilla y León, se establece la necesidad de revisar el Plan antes del 31 de diciembre de 2015.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Administración Autonómica e iniciativa conjunta de los Consejeros de Economía y Empleo, Agricultura y Ganadería y Medio Ambiente y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 20 de enero de 2011.

DISPONE:

Artículo único.- Aprobación del Plan.

Se aprueba el Plan Regional de Ámbito Sectorial de la Bioenergía de Castilla y León. El texto íntegro estará disponible en la sede del Ente Regional de la Energía y en la dirección electrónica www.jcyl.es.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Desarrollo normativo.

Se autoriza al titular de la Consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de Energía para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de este Decreto.

Segunda.- Entrada en vigor.

Este Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

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