RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 8260-2010, EN RELACIÓN CON DIVERSOS PRECEPTOS DE LA LEY 1/2010, DE 11 DE FEBRERO, DE MODIFICACIÓN DE DIVERSAS LEYES DE GALICIA PARA SU ADAPTACIÓN A LA DIRECTIVA 2006/123/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, DE 12 DE DICIEMBRE DE 2006, RELATIVA A LOS SERVICIOS EN EL MERCADO INTERIOR.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 14 de diciembre actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 8260-2010, promovido por el Presidente del Gobierno contra el artículo 2, apartados uno, dos.2, cinco y diez.1, 2 y 3, y artículos 3 a 9 de la Ley 1/2010, de 11 de febrero, de modificación de diversas leyes de Galicia para su adaptación a la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.
Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso -23 de noviembre de 2010-, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado para los terceros.
Madrid, 14 de diciembre de 2010.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.