El Gobierno entiende que estas dos leyes infringen la normativa estatal sobre Colegios Profesionales, al establecer la colegiación obligatoria para los logopedas e higienistas dentales que ejerzan su profesión en esta Comunidad Autónoma.
Este hecho supone una extralimitación competencial de estas dos normas autonómicas, ya que es el legislador estatal el que ostenta la competencia exclusiva para determinar cuándo es obligatoria la colegiación.