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  • EDICIÓN DE 15/11/2010
 
 

Regulada la comisión de garantías para la donación y utilización de células y tejidos humanos

15/11/2010
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El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regulan, por una parte, la composición, organización y funcionamiento de la Comisión de Garantías para la Donación y Utilización de Células y Tejidos Humanos, y, por otra, el régimen del Registro de Proyectos de Investigación. El Real Decreto desarrolla lo previsto en la Ley de Investigación Biomédica, del 3 de julio de 2007.

El Consejo de Ministros aprobó el 29 de octubre de 2004 un Real Decreto por el que se establecían los requisitos y procedimientos que deben cumplir los proyectos de investigación con células troncales obtenidas de preembriones sobrantes de las técnicas de reproducción asistida. Para su evaluación, el Gobierno constituyó en noviembre de ese año la Comisión de Seguimiento y Control de la Donación y Utilización de Células y Tejidos Humanos, que era la encargada hasta ahora de elaborar los informes técnico-científicos y éticos de estos proyectos.

Evaluación de proyectos

La Ley de Investigación Biomédica, incluía la creación de la Comisión de Garantías para la Donación y Utilización de Células y Tejidos Humanos como el órgano colegiado, adscrito al Instituto de Salud Carlos III, organismo público de investigación del Ministerio de Ciencia e Innovación, de carácter permanente y consultivo, dirigido a asesorar y orientar sobre la investigación con muestras biológicas de naturaleza embrionaria humana, y a contribuir a la actualización y difusión de los conocimientos científicos y técnicos en esta materia. A partir de ahora, esta Comisión sustituye a la anterior y evaluará los proyectos de investigación biomédica con células y tejidos de origen humano antes de su autorización por la autoridad competente.

En concreto, a la nueva Comisión le corresponde asegurar las garantías científicas, éticas y legales que sean exigibles en relación con los proyectos de investigación que versen en todo o en parte sobre lo indicado en la Ley de Investigación Biomédica: células troncales embrionarias, gametos, preembriones, etcétera; emitir, a petición de las autoridades sanitarias del Estado y de las Comunidades Autónomas, informes sobre la investigación biomédica con células y tejidos de origen humano embrionario y sobre sus aplicaciones clínicas en el ámbito de la medicina regenerativa, así como emitir informe preceptivo sobre proyectos de investigación que requieran la entrada y/o salida de material embrionario.

Composición de la Comisión

La nueva Comisión estará compuesta por doce miembros. Todos serán especialistas de reconocido prestigio en investigación en terapia celular, medicina regenerativa, bioética o derecho vinculado con temas biomédicos. Seis representantes serán designados por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, a propuesta de las Comunidades Autónomas, y los otros seis serán designados en representación de la Administración General del Estado (cada uno de los titulares de los Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, de Justicia y de Ciencia e Innovación nombrará dos representantes. El presidente de esta Comisión será el titular del Instituto de Salud Carlos III.

El objetivo que se persigue con el Real Decreto aprobado hoy no es otro que cumplimentar la exigencia legal, ya que la propia Ley de Investigación Biomédica, en su disposición transitoria primera, prevé la supresión de la Comisión de Seguimiento y Control, a la que de manera provisional atribuía las funciones de la nueva Comisión de Garantías para la Donación y Utilización de Células y Tejidos Humanos.

Además, estas investigaciones en constante progreso despiertan un enorme interés en la sociedad, tanto por la demanda de sus posibles aplicaciones como por sus implicaciones éticas. Por ello, es imprescindible contar con un órgano colegiado como la Comisión regulada en este Real Decreto, para asegurar la observancia de las garantías exigibles y el cumplimiento de la legislación vigente en esta materia.

REGISTRO DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN

Por otra parte, el Real Decreto aprobado hoy también regula el Registro de Proyectos de Investigación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 41 de la Ley de Investigación Biomédica, que fija la responsabilidad del mantenimiento de dicho registro en el Instituto de Salud Carlos III.

El Registro de Proyectos de Investigación será un elemento básico de coordinación, cooperación y cohesión en la investigación biomédica sectorial, además de aportar una nueva herramienta para la gestión del conocimiento, de indudable valor a medio y largo plazo para el diseño de estrategias en este ámbito de la investigación biomédica.

Los cambios derivados de este Real Decreto no afectan a los presupuestos de las Administraciones Públicas. La Comisión de Garantías para la Donación y Utilización de Células y Tejidos Humanos sustituye a una preexistente, mientras que el Registro de Proyectos de Investigación se atenderá con las dotaciones presupuestarias y el personal ya existente en el Instituto de Salud Carlos III.

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