Los dueños fueron acusados de dos delitos de homicidio con dolo eventual y un delito de lesiones y permanecieron seis y tres meses en prisión provisional, respectivamente. Cinco años después, la Audiencia Provincial de Tarragona les absolvió. Reclamaron una indemnización que la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional fijó para cada uno de ellos un total de 9.000 euros.
Ahora, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo estima que existió un "error judicial" y que fue "insuficiente" la indemnización fijada por la Audiencia Nacional que intentó resarcir al matrimonio.
El Supremo subraya el daño moral que constituye la "lacerante y dolorosa experiencia psíquica" de ingresar y permanecer indebidamente en prisión. Reconoce también la "lesión económica" que registró el patrimonio del matrimonio.