El Ejecutivo argumenta en la exposición de motivos de este proyecto de Ley que "el objeto principal de la presente Ley es regular la responsabilidad civil nuclear de conformidad con los Convenios internacionales de París y Bruselas" firmados por España en los años 1960 y 1963, respectivamente.
Estos convenios establecen la responsabilidad por daños nucleares, la responsabilidad mínima obligatoria y las compensaciones a las víctimas y perjudicados por estos daños. Así mismo, España también ratificó los protocolos de las últimas enmiendas de estos Convenios e introdujo una reforma, de carácter transitorio, del vigente régimen de responsabilidad civil hasta la entrada en vigor de la presente Ley.
Los motivos que este Grupo Parlamentario invoca para devolver al Gobierno este proyecto de Ley radican en que, si se aprueba éste, "la energía nuclear sólo pueda funcionar gracias al subsidio del Estado". Para el Grupo Parlamentario ERC-IU-ICV "si la iniciativa propuesta sale adelante, la responsabilidad de los titulares de las empresas nucleares se limitaría a 1.200 millones de euros y el Estado cubriría las indemnizaciones hasta llegar a los 1.500 millones de euros, sin especificar quien cubriría las compensaciones en el caso de que se superara esta última cifra".
Por último la enmienda a la totalidad de este proyecto de Ley viene motivada por los "riesgos que finalmente acabarán siendo asumidos por el Estado" en caso de daños nucleares o producidos por materiales radiactivos.