El Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por el condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha de enero de 2010 al considerar que los motivos alegados "no bastan para enervar la presunción de inocencia" pues "el acusado fue visto en fecha no determinada del año 2001 en un paraje cercano a aquel en el que mucho tiempo después fue encontrado el cuerpo de la víctima".
El Tribunal ha recalcado que las relaciones previas del condenado con la víctima prueban su culpabilidad además de que fuese visto en el lugar del crimen y que llevase una pala en su furgoneta "sin una finalidad concreta acreditada".