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Modelos de documentos que conforman el Libro del Edificio destinado a vivienda

09/09/2010
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Orden de 16 de junio de 2010, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, por la que se modifica el anexo de la Orden de 22 de octubre de 2003, por la que se aprueban los modelos de documentos que conforman el Libro del Edificio destinado a vivienda (BOPV de 8 de septiembre de 2010). Texto completo.

ORDEN DE 16 DE JUNIO DE 2010, DEL CONSEJERO DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, POR LA QUE SE MODIFICA EL ANEXO DE LA ORDEN DE 22 DE OCTUBRE DE 2003, POR LA QUE SE APRUEBAN LOS MODELOS DE DOCUMENTOS QUE CONFORMAN EL LIBRO DEL EDIFICIO DESTINADO A VIVIENDA.

El artículo 7 Vínculo a legislación de la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación obliga a la constitución del Libro del Edificio, como un documento en el que se recoja la información que permita conocer las características físicas y técnicas del edificio y su régimen jurídico.

En el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco fue el Decreto 250/2003, de 21 de octubre, por el que se regula el Libro del Edificio destinado a vivienda, el que estableció sus características, y los modelos de los documentos que lo han de conformar fueron aprobados por Orden de 22 de octubre de 2003, del entonces Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, en virtud del artículo 15 de este mismo Decreto.

El tiempo transcurrido y las modificaciones normativa habidas hasta ahora, fundamentalmente la aprobación del Código Técnico de la Edificación por Real Decreto 314/2006 Vínculo a legislación, de 17 de marzo, aconsejan que se efectúe un cambio en los modelos de hojas que conforman el Libro del Edificio, y por tanto, una modificación no sustancial en el anexo de la Orden de 22 de octubre de 2003.

Por una parte, resulta conveniente modificar la nomenclatura utilizada, asimilándola a la prevista por el Código Técnico de la Edificación.

Por otra parte, la inclusión como documentación relativa a las exigencias básicas de ahorro de energía de una nueva ficha sobre la energía solar y otras energías renovables, en la parte del Libro del Edificio denominada “Documento de Especificaciones Técnicas”.

En su virtud y de acuerdo con las competencias que en materia de Vivienda otorga el Estatuto de Autonomía para el País Vasco, a propuesta de la Dirección de Vivienda, Innovación y Control, y de conformidad con el citado artículo 15 del Decreto 250/2003,

DISPONGO:

Artículo 1.- Se modifican del anexo de la Orden de 22 de octubre de 2003, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, por la que se aprueban los modelos de documentos que conforman el Libro del Edificio destinado a vivienda, los siguientes modelos de hojas:

a) En la parte denominada Cuaderno de Registro, la sustitución de los modelos de hojas relativos a:

a.1.- “Intervinientes en el proceso constructivo”.

a.2.- “Licencias, declaración de obra nueva y régimen jurídico del edificio”.

a.3.- “Reformas y Rehabilitaciones”.

b) En la parte denominada Documento de Especificaciones Técnicas la sustitución de los modelos de hojas relativos a:

b.1.- “Formalización”.

b.2.- “Equipamientos y Acabados”.

c) En la parte denominada Documento de Especificaciones Técnicas la adición del modelo de hoja relativo a “Instalaciones de Energía Solar y otras Energías Renovables”.

Los nuevos modelos de hojas son los previstos en el anexo I de la presente Orden.

Artículo 2.- Ordenar la publicación de la presente Orden junto con su anexo en el Boletín Oficial del País Vasco a

DISPOSICIÓN FINAL

La presenta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Anexo

Omitido.

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