Diario del Derecho. Edición de 16/06/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 14/01/2010
 
 

Modificación del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Económico y Social de Castilla y León

14/01/2010
Compartir: 

Decreto 1/2010, de 7 de enero, por el que se modifica el Decreto 2/1992, de 16 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Económico y Social de Castilla y León (BOCYL de 13 de enero de 2010). Texto completo. (Ref. Iustel §004832 Vínculo a legislación)

El Decreto 1/2010 modifica la regulación de las Comisiones de Trabajo Permanentes establecida en el Decreto 2/1992 a la realidad actual de la actividad del Consejo Económico y Social.

El Decreto 2/1992, de 16 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Económico y Social de Castilla y León puede consultarse en el Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

DECRETO 1/2010, DE 7 DE ENERO, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 2/1992, DE 16 DE ENERO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL DE CASTILLA Y LEÓN.

Por medio de la Ley 13/1990 Vínculo a legislación, de 28 de noviembre, se creó el Consejo Económico y Social como órgano colegiado de carácter consultivo y asesor en materia socioeconómica y de comunicación entre los distintos intereses económicos y sociales de la Comunidad, así como de asesoramiento y diálogo entre tales intereses y la Administración Autonómica.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16 de la citada Ley, por medio del Decreto 2/1992 Vínculo a legislación, de 16 de enero, se aprobó el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Económico y Social de Castilla y León.

En el artículo 6 de este Reglamento se establecieron como órganos del Consejo el Pleno, la Comisión Permanente, las Comisiones de Trabajo, Presidente y Vicepresidentes.

En el artículo 24 se regularon las Comisiones de Trabajo, definiéndolas como grupos de estudio para la elaboración de informes y dictámenes en materias propias de las competencias del Consejo, otorgando la condición de permanentes, sin perjuicio de las que pudieran ser constituidas por el Pleno, a las Comisiones de Trabajo de Área Social, Desarrollo Regional, e Inversiones e Infraestructuras.

Teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde la aprobación del Decreto 2/1992 Vínculo a legislación, de 16 de enero, y en aras de adaptar la regulación de las Comisiones de Trabajo Permanentes a la realidad actual de la actividad del Consejo Económico y Social, el Pleno del Consejo Económico y Social, en su reunión de 26 de junio de 2009, acordó por unanimidad la variación de la denominación de las referidas Comisiones de Trabajo Permanentes previstas en el Decreto 2/1992 Vínculo a legislación, de 16 de enero.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Economía y Empleo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 7 de enero de 2010

DISPONE

Artículo único: Se modifica el Decreto 2/1992, de 16 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Económico y Social de Castilla y León, en los siguientes términos:

El artículo 24.2 del Reglamento pasa a tener la siguiente redacción: “2. Sin perjuicio de las que pudieran ser constituidas por acuerdo del Pleno, tendrán la consideración de Comisiones de Trabajo Permanentes, las siguientes:

- Comisión 1: Economía.

- Comisión 2: Mercado Laboral.

- Comisión 3: Calidad de vida y protección social.”

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: Condenan a 28 años de cárcel al hombre que asesinó a su pareja en Piedrabuena (Ciudad Real) tras años de maltrato
  2. Estudios y Comentarios: Agonizante europeísmo del Gobierno; por Araceli Mangas Martín, académica de Número de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas y catedrática de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad Complutense de Madrid
  3. Estudios y Comentarios: Nota breve sobre una ponencia de sentencia constitucional; por Ramón Trillo; Ex presidente de Sala del Tribunal Supremo
  4. Estudios y Comentarios: La urgente necesidad de reducir la complejidad del Derecho digital europeo; por Moisés Barrio Andrés, Letrado del Consejo de Estado
  5. Tribunal Supremo: Se examina por la Sala los requisitos que han de concurrir para apreciar la responsabilidad civil subsidiaria del titular de un establecimiento de ocio en el que se comete un delito
  6. Estudios y Comentarios: La ley electoral cumple 40 años; por Enrique Arnaldo Alcubilla, magistrado del Tribunal Constitucional
  7. Tribunal Supremo: Analiza la Sala los efectos de la prórroga ordinaria de un Convenio Colectivo con relación a la cláusula de revisión salarial contenida en el mismo
  8. Legislación: Tasas por tramitación de autorizaciones administrativas y documentos de identidad en materia de inmigración y extranjería
  9. Actualidad: Cinco condenados por colaborar en estafar 112.000 euros a una mujer con un falso novio militar
  10. Legislación: Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a entidades sin ánimo de lucro que fomenten la cultura emprendedora

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana