Diario del Derecho. Edición de 26/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 04/01/2010
 
 

Modificación del Consejo Gallego de la Inmigración

04/01/2010
Compartir: 

Decreto 442/2009, de 11 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 127/2006, de 27 de julio, por el que se crea el Consejo Gallego de la Inmigración (DOG de 31 de diciembre de 2009). Texto completo.

DECRETO 442/2009, DE 11 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 127/2006, DE 27 DE JULIO, POR EL QUE SE CREA EL CONSEJO GALLEGO DE LA INMIGRACIÓN.

Mediante el Decreto 127/2006, de 27 de julio, se creó el Consejo Gallego de la Inmigración, integrado en la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia a través de la Secretaría General de la Emigración, como órgano colegiado de consulta, asesoramiento y colaboración.

En la letra a) del número 1 del artículo 8.º se establece que la Administración pública autonómica estará representada en dicho consejo por once representantes de diferentes departamentos y centros directivos de la Xunta de Galicia, enumerándose éstos según lo señalado en el Decreto 211/2005, de 3 de agosto, por el que se establece la estrutura orgánica de la Xunta de Galicia, y en el Decreto 231/2005, de 11 de agosto, por el que se establecen los centros directivos dependientes de la Presidencia de la Xunta de Galicia.

Dichos decretos fueron derogados por el Decreto 79/2009, de 19 de abril, por el que se establece la estrutura orgánica de la Xunta de Galicia, y por el Decreto 82/2009, de 21 de abril, por el que se establecen los centros directivos dependientes de la Presidencia de la Xunta de Galicia, respectivamente, siendo necesario, por lo tanto, modificar la redacción de la letra a) del número 1 del artículo 8.º del Decreto 127/2006, de 27 de julio.

Al objeto de ganar en eficacia y operatividad, se considera conveniente establecer los representantes de cada departamento aludiendo a las competencias de cada uno, con independencia de la estructura orgánica que pueda tener la Xunta de Galicia en cada momento.

Por todo eso, a propuesta del conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día once de diciembre de dos mil nueve,

DISPONGO:

Artículo único.-Se modifica el Decreto 127/2006, de 27 de julio, por el que se crea el Consejo Gallego de la Inmigración, de conformidad con lo dispuesto en el siguiente punto:

La letra a) del número 1 del artículo 8.º queda redactada de la siguiente forma:

“a) Once representantes de la Administración autonómica con rango de director/a general o secretario/a general por las áreas competenciales establecidas, propuestos por el/la titular del departamento competente:

-Uno/a del departamento con competencias en materia de igualdad.

-Uno/a del departamento con competencias en materia de inclusión social.

-Uno/a del departamento con competencias en materia de justicia.

-Uno/a del departamento con competencias en materia de economía.

-Uno/a del departamento con competencias en materia de educación.

-Uno/a del departamento con competencias en materia de cultura.

-Uno/a del departamento con competencias en materia de sanidad.

-Uno/a del departamento con competencias en materia de trabajo.

-Uno/a del departamento con competencias en materia de vivienda.

-Uno/a del departamento con competencias en materia de cooperación al desarrollo.

-Uno/a representante de los órganos superiores dependientes de la Presidencia de la Xunta de Galicia”.

Se añade un nuevo párrafo al artículo 8.º:

“3. La representación de la Xunta de Galicia se propondrá una vez conocida la representación de las otras entidades integrantes del consejo, a efectos de tender a una composición equilibrada de las mujeres y de los hombres en la toma de decisiones”.

Disposiciones finales

Primera.-Se faculta al secretario general de la Emigración para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de este decreto.

Segunda.-Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana