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Certamen de narraciones cortas

17/11/2009
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Orden de 4 de noviembre de 2009 por la que se convoca la edición 2009 del Certamen de narraciones cortas en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE de 16 de noviembre de 2009). Texto completo.

ORDEN DE 4 DE NOVIEMBRE DE 2009 POR LA QUE SE CONVOCA LA EDICIÓN 2009 DEL CERTAMEN DE NARRACIONES CORTAS EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA.

Mediante Orden de la extinta Consejería de Sanidad y Consumo de 25 de julio de 2005 (Diario Oficial de Extremadura número 88, de 30 de julio) se crea el Certamen Literario de Narraciones Cortas, Pintura y Fotografía dirigido a las personas que desarrollan su actividad laboral en el ámbito del Sistema Sanitario Público en Extremadura con el fin de fomentar y estimular la actividad artística y cultural de los mismos.

La Ley 1/2008 Vínculo a legislación, de 22 de mayo, de creación de Entidades públicas de la Junta de Extremadura, crea al Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (en adelante SEPAD) como Ente Público adscrito a la Consejería competente en materia de dependencia, con el fin de ejercer las competencias de administración y gestión de servicios, prestaciones y programas socio-sanitarios que le encomiende la Administración de la Comunidad Autónoma.

La citada Orden de 25 de julio de 2005 contempla, asimismo, la posibilidad de determinar en cada convocatoria anual del Certamen, otros posibles criterios de participación.

En virtud de lo expuesto en la citada Orden, DISPONGO:

Primero. Convocar el Certamen de Narraciones Cortas para la edición 2009.

Segundo. Aprobar las siguientes Bases que regirán el Certamen de Narraciones Cortas para la edición 2009:

BASES

Primera. Destinatarios.

1. Se establecen dos modalidades:

- Modalidad A: Dirigida a todas las personas que presten sus servicios tanto en centros, establecimientos y servicios sanitarios públicos como en centros integrados en el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, todos ellos radicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura, con independencia de la Administración Pública de la que dependan y de la vinculación laboral que mantengan, incluidos aquellos que habiendo prestado servicios, estén actualmente jubilados.

- Modalidad B: Dirigida a todas las personas que quieran concurrir al Certamen aunque no tengan ningún tipo de vinculación laboral con los anteriores e independientemente de su lugar de residencia.

2. A la presente edición no podrán presentarse los ganadores de la anterior, edición 2008, que serán invitados a formar parte, como vocales, del jurado para la valoración de los trabajos presentados en esta edición 2009.

3. La participación en el presente Certamen supone el sometimiento y aceptación íntegra de las bases del mismo.

Segunda. Requisitos.

1. Los participantes podrán presentar una única obra escrita en lengua castellana, rigurosamente original, no publicada por ningún medio ni pendiente de resolución en otro certamen mientras se desarrolla esta convocatoria.

2. Los participantes deberán ser autores y propietarios de sus obras, circunstancias que acreditarán mediante la correspondiente declaración jurada.

3. La temática será libre y tendrá una extensión mínima de tres páginas y máxima de cinco, conteniendo cada página un mínimo de 23 y un máximo de 26 líneas, escritas a doble espacio, con letra Times New Roman, en tamaño 12.

4. Cada concursante deberá presentar la narración por triplicado en soporte papel, sin firmar, con un lema e indicando la modalidad a la que se opta.

En sobre cerrado aparte, en cuyo exterior figurará igualmente el lema anterior y la modalidad a la que opta, se incluirán los datos personales del autor, nombre, apellidos, domicilio y teléfono, y, en su caso, vinculación profesional con la administración pública de la que dependa, así como fotocopia del Documento Nacional de Identidad y una fotografía tipo carnet del autor/a.

Tercera. Lugar y plazo de presentación.

1. La obra presentada con su correspondiente documentación debe dirigirse al Servicio Extremeño de Salud, Avda. de las Américas n.º 2 (C.P. 06800) Mérida, indicando en el sobre “Certamen de Narraciones Cortas” y podrán ser presentadas en el Registro del Servicio Extremeño de Salud, o en cualquiera de los Registros y Oficinas a los que se refiere el artículo 38.4 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. El plazo de presentación de las obras finalizará el día 15 de diciembre de 2009.

Cuarta. Jurado.

1. El Jurado de Selección estará constituido por los siguientes miembros actuando el Secretario con voz pero sin voto:

Presidente: D. José Luis Bernal Salgado.

Secretaria: D.ª Gloria González Conde.

Vocales:

- D. Jesús Barriuso Gutiérrez.

- D.ª María Felicidad Barroso Pinilla.

- D.ª Pilar Bacas Leal.

- D.ª Isabel M.ª Pérez González.

- D. José Calderón González.

2. La participación como miembro del Jurado no dará lugar a retribución de clase alguna, sin perjuicio de la percepción de indemnizaciones a que hubiere lugar según el Decreto 287/2007 Vínculo a legislación, de 3 de agosto, sobre indemnizaciones por razón de servicio, en cuyo caso los gastos anteriormente mencionados provenientes de la modalidad A serán a cargo de la correspondiente partida incluida en los presupuestos del Servicio Extremeño de Salud, y los originados en la modalidad B serán a cargo de la Consejería de Sanidad y Dependencia.

Quinta. Criterios de selección y adjudicación de los premios.

1. Finalizado el plazo de presentación, las obras presentadas se clasificarán de acuerdo con su modalidad de participación y desde la secretaría del Certamen se enviarán a los miembros del Jurado para su lectura y valoración.

2. Tras esta fase y previa convocatoria de su Presidente, el Jurado se reunirá para emitir el fallo, conforme a criterios de calidad literaria, de los premios correspondientes a la Modalidad A. Una vez seleccionadas las obras premiadas, se procederá a la identificación de sus autores por la secretaria del Jurado, que abrirá los sobres que identifican los trabajos premiados con el lema o seudónimo de cada autor.

Una vez fallados los premios de la Modalidad A, se procederá de igual manera para la Modalidad B.

3. Las decisiones del Jurado serán adoptadas por mayoría simple, teniendo el Presidente voto de calidad en caso de empate.

4. El fallo del jurado será inapelable y se hará público una vez finalizada la sesión decisoria publicándose en los tablones de anuncios del Servicio Extremeño de Salud, del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia, de la Consejería de Sanidad y Dependencia y en el periódico “Salud Extremadura”.

5. El fallo del Jurado se comunicará a la Consejería de Sanidad y Dependencia.

6. Las obras no premiadas que, a criterio del Jurado, tengan suficiente calidad podrán ser publicados por el Servicio Extremeño de Salud, previa conformidad de sus autores.

Sexta. Premios.

1. Para la Modalidad A se establecen tres premios: El primero dotado con 1.500 €, el segundo con 1.000 € y el tercero con 750 €.

2. Para la Modalidad B se establece un único premio dotado con 1.500 €.

3. Los premios podrán ser declarados desiertos.

4. El premio de la Modalidad A se concederá con cargo a la aplicación presupuestaria 3901.411C.162.09 del Servicio Extremeño de Salud. El premio de la modalidad B se concederá con cargo a la aplicación presupuestaria 18.02.313D.22706 de la Consejería de Sanidad y Dependencia.

Séptima. Reglas generales.

1. Las obras premiadas pasarán a ser titularidad de la Junta de Extremadura, incluidos los derechos de autor que se entienden cedidos por su participación.

2. Las obras presentadas y no premiadas podrán ser retiradas por sus autores en el plazo de tres meses a partir del fallo del jurado. Transcurrido este tiempo, la Junta de Extremadura podrá decidir el fin y destino de las mismas.

Octava. Recursos.

Contra la presente Orden de convocatoria, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejera de Sanidad y Dependencia, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según lo previsto en el artículo 102 Vínculo a legislación de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Asimismo, podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOE, conforme a lo establecido en el artículo 46 Vínculo a legislación de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que consideren procedente.

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