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  • EDICIÓN DE 10/11/2009
 
 

Ayudas destinadas a la incorporación de titulados universitarios a las actividades de I+D+I

10/11/2009
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Orden de 22 de octubre de 2009 de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación por la que se modifica la Orden de 26 mayo de 2009, de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación reguladora de las bases y convocatoria de ayudas destinadas a la incorporación de titulados universitarios a las actividades de I+D+I, en el ejercicio 2009 (BORM de 6 de noviembre de 2009). Texto completo.

ORDEN DE 22 DE OCTUBRE DE 2009 DE LA CONSEJERÍA DE UNIVERSIDADES, EMPRESA E INVESTIGACIÓN POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 26 MAYO DE 2009, DE LA CONSEJERÍA DE UNIVERSIDADES, EMPRESA E INVESTIGACIÓN REGULADORA DE LAS BASES Y CONVOCATORIA DE AYUDAS DESTINADAS A LA INCORPORACIÓN DE TITULADOS UNIVERSITARIOS A LAS ACTIVIDADES DE I+D+I, EN EL EJERCICIO 2009.

Advertido error en la Orden de 26 de mayo de 2009, de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación reguladora de las bases y convocatoria de ayudas destinadas a la incorporación de titulados universitarios a las actividades de I+D+I empresariales, en el ejercicio 2009, publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, número 131, de fecha 10 de junio de 2009, se procede a su rectificación.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Universidades y Política Científica, en uso de las competencias que me atribuye el artículo 13 de la Ley 7/2005 de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,

Dispongo:

Artículo Único.- Modificar los siguientes artículos:

1.- Se suprime el apartado g) del artículo 10.4.

2.- Se modifica el apartado 1 del artículo 12 que queda redactado de la siguiente manera: “El pago de la primera anualidad de la subvención concedida se realizará en forma de pago único anticipado a la cuenta bancaria que figure en la solicitud, previa presentación de la documentación relacionada en el artículo 10.4 y, en su caso, la aportación del resguardo de haber constituido la garantía que se le haya fijado en la orden de concesión, en el plazo de 10 días a contar desde el día siguiente a la notificación de la subvención concedida”.

Disposición final.- La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

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