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Oficina Consular Honoraria de España en Salalah

23/10/2009
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Orden AEC/2826/2009, de 5 de octubre, por la que se crea una Oficina Consular Honoraria de España en Salalah (Omán) (BOE de 23 de octubre de 2009). Texto completo.

ORDEN AEC/2826/2009, DE 5 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE CREA UNA OFICINA CONSULAR HONORARIA DE ESPAÑA EN SALALAH (OMÁN).

El Puerto de Salalah, uno de los más importantes del Sultanato de Omán, por lo que se refiere al tránsito de mercancías y personas y el más importante de la región en cuanto a tráfico de contenedores, ha experimentado un considerable aumento de escalas por parte de buques españoles, tanto de cargo como pertenecientes a la Armada, con un notable incremento de actuaciones consulares en esa ciudad. Ambas circunstancias, aumento de actividad consular en Salalah y la gran distancia que la separa de Mascate, capital de Omán, hacen aconsejable la creación de una Oficina Consular Honoraria en esa ciudad ya que ello ayudaría a la mejor asistencia consular que puedan necesitar los ciudadanos españoles que pasan por allí.

Por ello, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Mascate y con el informe favorable de la Secretaría General de Asuntos Consulares y Migratorios y de la Dirección General de Política Exterior para el Mediterráneo, Magreb y Oriente Próximo, he tenido a bien disponer:

Primero.-Se crea una Oficina Consular Honoraria en Salalah (Omán), con jurisdicción en la ciudad de Salalah, con categoría de Consulado Honorario y dependiente de la Embajada de España en Mascate (Sultanato de Omán).

Segundo.-El Jefe de la Oficina Consular Honoraria tendrá, de conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre relaciones consulares de 24 de abril de 1963, categoría de Cónsul Honorario.

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