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  • EDICIÓN DE 16/10/2009
 
 

Ayudas para el fomento del empleo

16/10/2009
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Orden de 2 de octubre de 2009 por la que se modifica el modelo normalizado de solicitud de subvenciones acogidas al Decreto 126/2008, de 20 de junio, por el que se regula el programa de ayudas para el fomento del empleo en el ámbito de la economía social (DOE de 15 de octubre de 2009). Texto completo. (Ref. Iustel §021764 Vínculo a legislación)

La Orden de 2 de octubre de 2009 modifica el Anexo del Decreto 126/2008 Vínculo a legislación, de 20 de junio, por el que se regulan ayudas para el fomento del empleo en el ámbito de la economía social.

El Decreto 126/2008, de 20 de junio, por el que se regula el Programa de ayudas para el fomento del empleo en el ámbito de la economía social puede consultarse en el Repertorio de Legislación Vigente de Iustel.

ORDEN DE 2 DE OCTUBRE DE 2009 POR LA QUE SE MODIFICA EL MODELO NORMALIZADO DE SOLICITUD DE SUBVENCIONES ACOGIDAS AL DECRETO 126/2008, DE 20 DE JUNIO, POR EL QUE SE REGULA EL PROGRAMA DE AYUDAS PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO EN EL ÁMBITO DE LA ECONOMÍA SOCIAL.

El Decreto del Presidente 17/2007 Vínculo a legislación, de 30 de junio, estableció una nueva estructura departamental de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, creándose la Consejería de Igualdad y Empleo, a la que corresponde, entre otras, las competencias en materia de trabajo y empleo. Mediante el Decreto 27/2009 Vínculo a legislación, de 27 de febrero, se estableció la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad y Empleo, señalando el artículo uno, apartado dos, que el Servicio Extremeño Público de Empleo, en virtud de la Ley 7/2001 Vínculo a legislación, de 14 de junio, de creación del mencionado organismo autónomo, está adscrito a la Consejería de Igualdad y Empleo. En fin, el artículo 4.e) Vínculo a legislación del Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, señala, como una de sus funciones, fomentar el autoempleo, la creación de empleo por nuevos emprendedores y el empleo en el ámbito de la economía social.

Por su parte, el Decreto 126/2008 Vínculo a legislación, de 20 de junio, por el que se regula el Programa de ayudas para el fomento del empleo en el ámbito de la economía social, señala en la disposición final segunda, apartado dos, que los “Anexos contenidos en este Decreto podrán modificarse mediante Orden de la Consejera de Igualdad y Empleo”.

Justifica la presente Orden la necesidad de acomodar el modelo normalizado de solicitud a las modificaciones normativas introducidas recientemente en el Decreto 126/2008 Vínculo a legislación, de 20 de junio, por el que se regulan ayudas para el fomento del empleo estable en el ámbito de la economía social a través del Decreto 24/2009, de 20 de febrero, de modificación del mismo, básicamente facilitando la conversión en cooperativas o sociedades laborales las actuales comunidades de bienes, incrementando las ayudas económicas por los gastos de constitución.

Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 92.1 Vínculo a legislación de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la disposición final segunda, apartado segundo, del Decreto 126/2008 Vínculo a legislación, de 20 de junio, por el que se regula el Programa de ayudas para el fomento del empleo en el ámbito de la economía social, y en el artículo 70.4 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, DISPONGO:

Primero. Modificar el modelo normalizado de solicitud de subvenciones acogidas al Decreto 126/2008 Vínculo a legislación, de 20 de junio, por el que se regulan ayudas para el fomento del empleo en el ámbito de la economía social, según Anexo que se acompaña a esta Orden.

Segundo. Ordenar su inserción en el Diario Oficial de Extremadura para su debido conocimiento por los ciudadanos.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Anexos

Omitidos.

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