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Ofertas para la adquisición de obras de arte contemporáneo

19/05/2009
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Resolución de 5 de mayo de 2009, de la Dirección Gerencia de la Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales, por la que se anuncia la convocatoria de selección de ofertas para la adquisición de obras de arte contemporáneo para el año 2009 (BOJA de 18 de mayo de 2009). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 5 DE MAYO DE 2009, DE LA DIRECCIÓN GERENCIA DE LA EMPRESA PÚBLICA DE GESTIÓN DE PROGRAMAS CULTURALES, POR LA QUE SE ANUNCIA LA CONVOCATORIA DE SELECCIÓN DE OFERTAS PARA LA ADQUISICIÓN DE OBRAS DE ARTE CONTEMPORÁNEO PARA EL AÑO 2009.

El Plan Estratégico para la Cultura en Andalucía (PECA), aprobado mediante acuerdo del Consejo del Gobierno de 13 de noviembre de 2007, recoge entre sus objetivos la promoción de la creación y difusión del arte contemporáneo, estableciendo entre los programas específicos para alcanzar estos objetivos la adquisición de obras de artistas emergentes.

Para el desarrollo de estos fines y a instancias de la Dirección General de Museos y Arte Emergente, la Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales, como ente público adscrito a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, convoca la selección de ofertas para la adquisición de obras de arte contemporáneo para el año 2009 con el objetivo de contribuir a la creación artística contemporánea en Andalucía, su exhibición pública, y para favorecer el acceso de los ciudadanos a los bienes culturales.

La Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales, como entidad de derecho público, tiene encomendadas, de conformidad con el Decreto 46/1993, de 20 de abril, entre otras funciones, las de promoción de iniciativas públicas y privadas en relación con las materias sectoriales de la Consejería de Cultura.

Por todo lo expuesto, y teniendo en cuenta los objetivos expuestos, así como las facultades conferidas en el artículo 11.1, apartados f) e i), del Decreto 46/1993, de 20 de abril, por el que se constituye efectivamente la empresa y se aprueba su Reglamento General,

RESUELVO

Primero. Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto realizar la convocatoria pública de selección de ofertas para la adquisición de obras de artistas emergentes andaluces, para su integración en la Colección Iniciarte de la Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales, contribuyendo con ello al fomento de la creación artística contemporánea en Andalucía, su exhibición pública y con carácter general, al acceso de los ciudadanos a los bienes culturales y al enriquecimiento del patrimonio cultural de los andaluces.

Segundo. Solicitantes.

Podrán presentar sus propuestas los artistas andaluces o residentes en Andalucía, creadores de las obras, bien directamente, o bien a través de galerías u otros mediadores, en cuyo caso estos deberán acreditar la cesión a su favor y con carácter exclusivo de los derechos de propiedad intelectual necesarios para la explotación comercial de la obra propuesta.

A los efectos de la presente Resolución, se considerarán artistas emergentes aquellos que no tengan una trayectoria profesional consolidada.

Tercera. Solicitudes. Plazos y documentación.

La solicitud, dirigida a la persona titular de la Dirección Gerencia de la Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales, deberá cumplimentarse conforme al modelo que figura en el Anexo I de la presente Orden, y estará suscrita por la persona solicitante, en el caso de personas físicas, o por quien ostente la representación de la entidad solicitante, en el caso de personas jurídicas.

El plazo de presentación de ofertas comenzará el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y terminará el día 30 de septiembre de 2009.

Las solicitudes se presentarán preferentemente en la sede de Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales, sita en el Estadio Olímpico, puerta M, Isla de la Cartuja, s/n, 41092, Sevilla, sin perjuicio de que también puedan presentarse en los registros de los demás órganos y en las oficinas que correspondan, de conformidad con lo establecido en el artículo 38.4 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en la Sección 2.ª del Capítulo I del Título IV de la Ley 9/2007 Vínculo a legislación, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

La solicitud se presentará acompañada de la siguiente documentación:

1. Formulario de solicitud.

2. Fotocopia del DNI del solicitante. En el caso de personas jurídicas, debe entregarse copia de los estatutos de constitución, copia de la inscripción registral que corresponda, DNI del representante y documentación acreditativa de su representación.

3. En el caso de presentar la solicitud una galería u otra persona distinta del autor, documentación acreditativa de la cesión por parte del autor y con carácter exclusivo, de los derechos de explotación comercial sobre la obra ofertada.

4. Currículo artístico del autor, así como el material documental que se estime oportuno. Esta documentación se presentará tanto en papel como en soporte informático (disquete o CD).

5. Descripción de la obra ofertada que permita su identificación indubitada, e indicación de la oferta económica de la misma (impuestos incluidos).

6. Declaración responsable de hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales con el Estado y con la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como estar al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social, sin perjuicio de su efectiva acreditación en el momento previo a la firma del contrato (Anexo II).

7. Datos completos de la cuenta bancaria donde el titular solicita la transferencia del importe del premio (entidad/oficina/dígito de control/número de cuenta).

Cuarto. Procedimiento para la selección de ofertas.

La selección de las obras se realizará por una Comisión de Valoración compuesta por los siguientes miembros, expertos profesionales del campo del arte contemporáneo: Don José Lebrero Stals, don Óscar Alonso Molina, don Juan Antonio Álvarez Reyes, doña Eva González-Sancho, doña Rocío de la Villa y don Iván de la Torre Amerighi.

La Comisión ajustará su actuación al régimen jurídico de los órganos colegiados, regulado en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en la Sección 1.ª del Capítulo II del Título IV de la Ley 9/2007 Vínculo a legislación, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Asistirán a la Comisión, con voz pero sin voto, al menos dos técnicos de la Unidad de Programas de Cooperación de la Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales, adscritos al programa “Iniciarte”.

Actuará como Secretario, con voz pero sin voto una persona licenciada en derecho, adscrita a los Servicios Jurídicos de la Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales.

Para la valoración de las ofertas se tendrán en cuenta los siguientes criterios de selección:

- La calidad de la obra.

- La innovación.

- El uso de los lenguajes de creación contemporáneo.

- La adecuación de la obra a la colección ya existente.

Esta Comisión propondrá las obras que hayan de ser objeto de adquisición, pudiendo declarar desierta dicha selección. La propuesta será motivada y se realizará en función de la aplicación a las obras propuestas de los criterios de valoración mencionados.

El acuerdo de la Comisión será inapelable y se notificará a las personas interesadas en el domicilio consignado en la solicitud.

Quinto. Condiciones de contratación.

1. La Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales adquirirá las obras propuestas por la Comisión, dentro de sus disponibilidades financieras asignadas. El precio máximo unitario ofertado para la adquisición de las obras será de 6.000 euros.

2. El importe de la contratación incluirá todos los impuestos, tasas y tributos que pudieran gravar la operación, así como los gastos de transporte de la obra, que deberá ser entregada en el lugar que designe la Empresa Pública de Gestión de Programas Culturales y mediante transporte especializado en obras de arte.

Cuando la Comisión de Valoración lo considere necesario, las obras deberán ser entregadas perfectamente enmarcadas.

3. Deberá emitirse la correspondiente factura con las formalidades legales obligatorias.

Lo que se hace público para su conocimiento general.

Anexos

Omitidos.

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