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  • EDICIÓN DE 17/02/2009
 
 

Vino de la Tierra Contraviesa-Alpujarra

17/02/2009
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Orden de 4 de febrero de 2009, por la que se modifica la Orden de 22 de noviembre de 2004, por la que se establecen las normas de utilización de la mención “Vino de la Tierra Contraviesa-Alpujarra” para los vinos originarios de la comarca vitivinícola Contraviesa-Alpujarra de la provincia de Granada (BOJA de 16 de febrero de 2009). Texto completo.

ORDEN DE 4 DE FEBRERO DE 2009, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 22 DE NOVIEMBRE DE 2004, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS NORMAS DE UTILIZACIÓN DE LA MENCIÓN “VINO DE LA TIERRA CONTRAVIESA-ALPUJARRA” PARA LOS VINOS ORIGINARIOS DE LA COMARCA VITIVINÍCOLA CONTRAVIESA-ALPUJARRA DE LA PROVINCIA DE GRANADA.

Preámbulo

Mediante Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 22 de noviembre de 2004 (BOJA núm. 236, de 2 de diciembre), por la que se establece las normas de utilización de la mención “Vino de la Tierra de Contraviesa-Alpujarra” para los vinos originarios de la comarca vitícola Contraviesa-Alpujarra, de la provincia de Granada.

Se sustituye la mención protegida “Vino de la Tierra Contraviesa-Alpujarra” por la mención “Vino de la Tierra Cumbres del Guadalfeo”.

Por otra parte, es preciso modificar las normas por las que se ampara este vino de la tierra ya que se encuentra derogada. En el preámbulo de la norma el Reglamento (CE) núm. 479/2008, de 29 de abril, que establece la organización común del mercado vitivinícola y deroga y por lo tanto debe sustituir al Reglamento (CE) 1493/1999 del Consejo, de 17 de mayo, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola. Y el Real Decreto 116/2003, de 5 de septiembre, que establece las reglas generales de utilización de las indicaciones geográficas y de la mención tradicional “Vino de la Tierra” en la designación de los vinos, deroga y por lo tanto debe sustituir al Real Decreto 409/2001 Vínculo a legislación, de 20 de abril, que establece las reglas generales de utilización de indicaciones geográficas en la designación de vinos de mesa.

En su virtud, a petición de la Asociación Vitivinícola de la Alpujarra y previa propuesta del Director General de Industrias y Calidad Agroalimentaria, de conformidad con lo establecido en los artículos 48 Vínculo a legislación y 83 Vínculo a legislación de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, el Decreto 10/2008 Vínculo a legislación, de 19 de abril, sobre reestructuración de Consejerías y en el Decreto 120/2008 Vínculo a legislación, de 29 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca, el artículo 44.2 Vínculo a legislación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo conferidas,

Dispongo

Artículo único. Modificación de la Orden de 22 de noviembre de 2004, por la que se establecen las normas de utilización de la mención “Vino de la Tierra Contraviesa-Alpujarra” para los vinos originarios de la comarca vitivinícola Contraviesa-Alpujarra de la provincia de Granada.

Uno. Se sustituye la mención “Vino de la Tierra Contraviesa-Alpujarra” por la mención “Vino de la Tierra Cumbres del Guadalfeo”, en todo su articulado.

Disposición final única. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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