RESOLUCIÓN IUE/155/2009, DE 2 DE ENERO, POR LA QUE SE ABREN LAS CONVOCATORIAS PARA LA CONCESIÓN DE BECAS Y AYUDAS EN MATERIA DE INVESTIGACIÓN PARA EL AÑO 2009.
De conformidad con lo dispuesto en el capítulo 9 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, en relación con el régimen jurídico de las subvenciones y transferencias de la Generalidad de Cataluña, la Ley 38/2003 , de 17 de noviembre, general de subvenciones y el Real decreto 887/2006 , de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre;
Considerando la Resolución UNI/962/2005, de 1 de febrero, por la que se aprueban las bases generales que han de regir la concesión de becas y ayudas convocadas por la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación (AGAUR);
De acuerdo con la UNI/32/2004, de 2 de febrero (DOGC núm. 4082, de 2.3.2004), por la que se aprueba la tramitación telemática de varios procedimientos de concesión de becas y ayudas de la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación;
Considerando el artículo 11 de los Estatutos de la AGAUR, aprobados por el Decreto 168/2002, de 11 de junio, del Gobierno de la Generalidad de Cataluña, en el que se dispone que corresponde al Consejo de Dirección aprobar las convocatorias de becas y subvenciones, así como su resolución, y que estas facultades han sido delegadas al presidente de la Comisión Ejecutiva de Ayudas de Investigación (CEAR), con fecha 5 de diciembre de 2002,
Resuelvo:
Convocar las becas y las ayudas en materia de investigación de la AGAUR que constan en los anexos de esta Resolución y que se relacionan a continuación:
Convocatoria de becas para estancias para la investigación fuera de Cataluña (BE-DGR) (anexo 1).
Convocatoria de becas para jóvenes miembros de comunidades catalanas en el exterior (BCC) (anexo 2).
Convocatoria de ayudas para tesis doctorales en catalán (TDCAT-DGR) (anexo 3).
Cálculo y tabla de equivalencias que hay que utilizar para la equiparación de los expedientes de notas de estudiantes que han cursado una licenciatura en centros de fuera del sistema universitario del Estado español (anexo 4).
Disposición final
Esta Resolución agota la vía administrativa y a continuación se indican los recursos que se pueden interponer: recurso potestativo de reposición ante el/la presidente/a de la CEAR por delegación del Consejo de Dirección de la AGAUR en el plazo de un mes, a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución en el DOGC, o bien recurso contencioso administrativo interpuesto directamente ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Barcelona en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGC, de conformidad con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y los artículos 8 , 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Anexos
Omitidos.