Diario del Derecho. Edición de 26/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 07/01/2009
 
 

El Tribunal Supremo obliga a indemnizar a un conductor porque su airbag no funcionó

07/01/2009
Compartir: 

El Tribunal Supremo (TS) ha condenado a una empresa automovilística a pagar una indemnización de 128.446 euros como responsable parcial de la incapacidad temporal y las lesiones permanentes sufridas por un conductor como consecuencia de un accidente, ya que no se activó el airbag de su vehículo.

El TS rechaza así el recurso de casación de Citroen que argumentaba que el daño se debió tanto al defecto del producto como a la culpa del conductor, que provocó con su conducta imprudente un choque frontal y además, no llevaba puesto el cinturón de seguridad.

La sentencia de la Sala de lo Civil señala que no hay pruebas de que la no utilización del cinturón haya producido o agravado las lesiones del conductor, siendo "obvio" que el airbag no funcionó y que, de haberse activado correctamente, podría haber disminuido las lesiones en un 40 por ciento.

Un juzgado Gerona condenó a Citroen a pagar al conductor una indemnización de más de 223.000 euros, al considerar que el fallo del airbag agravó las lesiones.

El Tribunal Supremo comparte dichos argumentos de la Audiencia Provincial y subraya que, pese a la conducción inadecuada del lesionado, la responsabilidad del fabricante sólo debe suprimirse o minorarse si se demuestra que la anomalía de funcionamiento se debe a una intervención o manipulación del producto por parte del sujeto dañado.

La sentencia indica que todos los daños que se deriven directamente de un funcionamiento defectuoso deberán ser asumidos por el fabricante, independientemente de quién haya sido responsable del accidente. "La función del airbag es proteger al ocupante del vehículo para el caso de que se produzca un accidente, con independencia de si éste se debe, o no, a una conducción inadecuada o negligente", añade.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana